Boletín nº 17 (29-01-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Rute

Nº. 246/2010

 

BASES PARA PROVEER, POR EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN LIBRE, UNA PLAZA DE FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, DENOMINACIÓN: ARQUITECTO TÉCNICO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE RUTE.

(Aprobadas por Decreto de la Alcaldía de fecha 23 de diciembre de 2009).

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

A. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de una plaza de Arquitecto Técnico, mediante el sistema de oposición libre, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Rute, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A2, nivel CD 24, y las retribuciones previstas en la Relación de Puestos de Trabajo y en el Anexo de Personal al Presupuesto de este Ayuntamiento.

Las funciones propias de dicho puesto se circunscriben a las siguientes:

- Como componente de la Dirección Facultativa:

a) Dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.

b) Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas.

c) Dirigir la ejecución material de la obra comprobándolos replanteos, los materiales y la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del Director de la obra.

d) Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.

e) Suscribir el Acta de replanteo o de comienzo de obra y el Certificado Final de obra.

f) Elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.

g) Colaborar en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada y aportar los resultados del control realizado.

- Redacción de proyectos parciales o documentos técnicos, con firma y responsabilidad propia, en aspectos concretos correspondientes a las especialidades y competencias específicas de su profesión.

- Realización, con firma y responsabilidad propia, de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, estudios, informes, planos de labores y otros trabajos análogos.

- Emisión de informes, con firma y responsabilidad propia, en expedientes que se tramiten relacionados con el régimen de licencias, disciplina urbanística, proyectos y actos de gestión que le resulten encomendados.

- Cuantas otras le sean asignadas y que se hallen comprendidas en el ámbito de la titulación exigida para participar en la presente convocatoria.

La presente convocatoria está sometida a los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad que ordenan el acceso a los empleos públicos, así como a las normas contenidas en las presentes bases.

B. El número, características y modos de realización de los ejercicios se regirán por lo previsto en las presentes Bases y sus anexos correspondientes así como por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a los que habrá de ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/ 1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General del Estado y demás normativa concordante.

SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

A. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o estar comprendido/a en alguno de los supuestos previstos en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para los nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima para la jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las correspondientes tareas anejas al ejercicio de la función.

d) Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) No hallarse incurso en alguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad específica prevista en la legislación vigente.

B. Los requisitos establecidos en el apartado anterior, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

TERCERA.- SOLICITUDES.

3.1.- Forma.

Quiénes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rute, conforme al modelo que se adjunta como Anexo II de estas Bases y que les será facilitado en la Secretaría General del Ayuntamiento. Igualmente se podrá instar la participación en el proceso selectivo mediante solicitud, con el contenido establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En la solicitud, el/la peticionario/a deberá formular declaración expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Base 2ª referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2.- Documentos que deben presentarse.

Las instancias deberán presentarse acompañadas de fotocopias compulsadas del D.N.I. y del documento acreditativo de estar en posesión del título que se exige como requisito para optar a la plaza convocada así como el original del recibo o carta de pago de los derechos de examen que establecen las presentes Bases, o en su caso, del resguardo que demuestre su remisión por vía postal o telegráfica.

3.3.- Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes y la documentación complementaria será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.4.- Lugar.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Rute, sito en calle Priego nº 5, 14960. Rute (Córdoba), o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.5.- Derechos de examen.

El importe de los derechos de examen ascienden a 35,00 euros, cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, en la cuenta abierta de este Ayuntamiento en Cajasur nº 2024 6120 76 3118470134 o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta.

CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.

A. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución aprobatoria de la lista Provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación en este caso de las causas que motivan la exclusión, lista que deberá hacerse pública en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y en el Tablón de anuncios de la Corporación.

B. Los/as aspirantes excluidos/s dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen las circunstancias determinantes de la exclusión quedarán definitivamente excluidos/as de la convocatoria.

C. Transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, se dictará resolución de la Alcaldía por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del proceso selectivo, así como la composició

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