Boletín nº 18 (01-02-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo e
Inmigración
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la
Seguridad Social
Valencia
Nº. 346/2010
D. AMADOR GARCIA APARICIO, DIRECTOR PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE VALENCIA
Hace saber:
Que por el presente y a tenor de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, Ley de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, se notifica a la empresa COCEPLAN, S.L., con último domicilio conocido en 14001 CORDOBA, PZ. DE SAN RAFAEL, Nº 3, que en relación con el expediente número 2008/228, de falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, derivado del accidente sufrido por D./Dª. JESUS FERNANDO SUBIRANA SOLETO mientras prestaba sus servicios para la empresa COCEPLAN, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha resuelto:
Primero.- Declarar la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo en el accidente sufrido por D. JESUS FERNANDO SUBIRANA SOLETO en fecha 17/07/2008.
Segundo.- Declarar, en consecuencia, la procedencia de que las prestaciones económicas otorgadas por el sistema de la Seguridad Social derivadas de la contingencia profesional sufrida, sean incrementadas en el 40% con cargo exclusivo a la empresa COCEPLAN, S.L., que deberá ingresar en la Tesorería General de la Seguridad social el importe necesario para proceder al pago de dicho incremento, durante el tiempo en que aquellas prestaciones permanezcan vigentes, calculando el recargo en función de la cuantía inicial de las mismas y desde la fecha en que éstas se hayan declarado causadas.
La presente resolución tiene carácter definitivo, asistiendo a las partes interesadas el derecho a interponer reclamación previa ante el órgano que la dictó en el plazo de TREINTA DIAS contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto, de conformidad con el art. 71 del Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley de Procedimiento Laboral.
Valencia, a 23 de Diciembre de 2009. Firma ilegible.