Boletín nº 19 (02-02-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 338/2010

D/Dª Doña Victoria A. Alferez de la Rosa, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Córdoba

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª Iltma. Dijo: Procédase sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 819,23 euros en concepto de principal, más la de 143,36 euros, calculadas para intereses y costas gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la ley de enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, represenante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se hombre depositario Sirva la presente resolución de Mandamiento en forma para la práctica de embargo; así como al para solicitar el auxilio de la Fuerza Pública, si fuese necesario, guardándose en la traba el orden y limitaciones que establecen los artículos 584, 592, 605 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, depositándose los bienes conforma a la Ley.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Solindcor H.C.E.S.L..

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Córdoba, a 11 de enero de 2010. El/La Secretario/a Judicial, Victoria A. Alferez de la Rosa.

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