Boletín nº 21 (04-02-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 433/2010

Dª Miriam Palacios Criado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 244/2009 a instancia de la parte actora D. Javier Díaz Chaparro contra Gestiones Financieras Financor S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 25/11/2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Dª Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, Acuerda:

Primero.- La ejecución en vía de apremio y se decreta, sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la empresa Gestiones Financieras Financor S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.500 euros presupuestados para costas, gastos e intereses, sin perjuicio de ulterior y definitiva liquidación.

Segundo.- Requiérase al demandado/a para que informe a este Juzgado sobre bienes o derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión en su caso, de cargas y gravámenes, personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución; y en el caso de inmuebles si están ocupados, por qué personas y con qué título, con los apercibimientos derivados del art. 589.2 y 3 de la LEC; y advirtiéndole que podrá evitar el embargo pagando o consignando la cantidad por la que se hubiere despachado ejecución (art. 247.1 de LPL y 589.1 LEC)

Tercero: Requiérase al ejecutante para que en su caso inste las medidas de localización e investigación previstas en el art. 590 de la LEC.

Cuarto: Habiéndose declarado la insolvencia de la ejecutada en el procedimiento de ejecución número 107/09 de este Juzgado pongase esta circunstancia en conocimiento del Fogasa a los efectos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe plantear oposición ante este Juzgado, en el plazo de diez días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. Dña. Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Cordoba. Doy fe.

EL/LA Magistrado-Juez EL/LA SECRETARIO/A

Y para que sirva de notificación al demandado Gestiones Financieras Financor S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 8 de enero de 2010.La Secretaria Judicial, Miriam Palacios Criado.

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