Boletín nº 22 (05-02-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo
Delegacíón Provincial
Sección de Relaciones Colectivas
Córdoba

Nº. 450/2010

Visto el Texto del Convenio Colectivo suscrito con fecha 18 de diciembre de 2009, así como de la incorporación de contenido al Convenio, suscrita con fecha 7 de enero de 2010, por la Comisión Negociadora del «Convenio Colectivo Provincial de Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba», con vigencia desde el día 1 de enero de 2009 hasta el día 31 de diciembre de 2009, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 3/2009 de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

A C U E R D A

PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para su depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.- Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Córdoba, 14 de enero de 2010.El Delegado Provincial de Empleo, Fdo.: Antonio Fernández Ramírez.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ASISTENTES:

POR ASOC. PROV. DE EMPRESARIOS DISTRIBUIDORES DE ELECTRICIDAD.

Dª. Marta Viñas Gómez.

D. Fermín Sara Obando.

D. Rafael Lovera Escallada.

Dª María José Rivero Dugo.

Asesores

D. Antonio Arroyo Díaz.

D. Manuel Córdoba Rueda.

D. Diego Manuel Talavera Sánchez.

POR CCOO:

D. Matías Molina Sánchez.

D. Bartolomé Camacho Ruiz.

D. Rafael Morales Lara.

POR UGT:

D. Francisco Cabello Manso.

D. Rafael Barrera Pedrajas.

En Córdoba, siendo las diecisiete horas del día veinte de abril de dos mil nueve, se reúnen los señores relacionados, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba, en la sede de la Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO) al objeto de proceder a la negociación del mismo.

Abierta la sesión, en primer lugar se procede por los asistentes al recíproco reconocimiento de la representatividad ostentada por todas las partes que las capacita para negociar el convenio provincial del sector.

La parte social manifiesta que los componentes de la mesa negociadora de ambos sindicatos y la patronal podrán ser variados a criterio de cada organización e incluirán los asesores que en cada momento correspondan; lo que se acepta por ambas partes.

Se establece que la presidencia de la Comisión Negociadora se ostentará de forma rotatoria en cada reunión, en caso de ser necesario; designándose como Secretario de Actas a D. Antonio Arroyo Díaz.

La parte empresarial se compromete a examinar y estudiar la plataforma que le entregará en próximas fechas y la primera reunión de negociación se llevará a cabo el día 6 de mayo a las 17:00 horas.

Ambas partes muestran su disposición a negociar de buena fe el convenio del sector con la mayor celeridad posible.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las dieciocho horas del día arriba indicado.

POR ASOC. PROV. DE EMPRESARIOS.DISTRIBUIDORES DE ELECTRICIDAD.POR CCOO. POR UGT., firmas ilegibles.

ACTA DE FINALIZACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ASISTENTES:  

POR ASOC. PROV. DE EMPRESARIOS DISTRIBUIDORES DE ELECTRICIDAD.

Dª. Marta Viñas Gómez.

D. Fermín Sara Obando.

D. Rafael Lovera Escallada.

Asesores

D. Antonio Arroyo Díaz.

D. Manuel Córdoba Rueda.

D. Diego Manuel Talavera Sánchez.

POR CCOO:

D. Matías Molina Sánchez.

D. Bartolomé Camacho Ruiz.

D. Juan Carlos Fernández Sánchez.

D. Francisco José Reyes Ligero.

POR UGT:

D. Rafael Barrera Pedrajas.

D. Francisco Cabello Manso .

En Córdoba, siendo las nueve horas y treinta minutos del día dieciocho de diciembre de dos mil nueve, se reúnen los señores relacionados, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba , en la sede de la Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO) al objeto de proceder a la finalización de la negociación del mismo.

Una vez se procede al desarrollo de la reunión se alcanzan los siguientes acuerdos:

PRIMERO:

Aprobar el texto del Convenio Colectivo del sector para el año 2009, el cual se adjunta a este acta como anexo.

SEGUNDO:

Delegar cada una de las partes firmantes en uno de sus representantes para la firma de las copias del texto del convenio y anexos:

  • POR LA ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DISTRIBUIDORES DE ELECTRICIDAD: Dª. Marta Viñas Gómez.

  • POR CCOO: D. Juan Carlos Fernández Sánchez

  • POR UGT: D . Rafael Barrera Pedrajas

TERCERO:

Facultar a D. Manuel Córdoba Rueda , para que presente toda la documentación oportuna ante la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.

CUARTO:

Remitir la presenta acta y sus anexos, así como la documentación que proceda a la Autoridad laboral, a los efectos legales pertinentes y solicitar de la misma realice los trámites oportunos para la publicación del convenio que se acompaña, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las diez horas y treinta minutos del día arriba indicado

POR ASOC. PROV. DE EMPRESARIOS DISTRIBUIDORES DE ELECTRICIDAD POR CCOO. POR UGT.

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE LAS EMPRESAS  DISTRIBUIDORAS DE ENERGIA ELECTRICA DE LA  PROVINCIA DE CORDOBA 2009

Artículo 1.º Ámbito Territorial.

El presente convenio afectará a todas las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba y a sus trabajadores a excepción de las que tengan Convenio propio.

Artículo 2.º Ámbito Personal.

Este Convenio afecta a la totalidad de los trabajadores tanto fijos como eventuales, que trabajan en las empresas de dicha actividad existentes en la Provincia de Córdoba.

Artículo 3.º Ámbito Temporal.

El presente Convenio entrará en vigor el 1.º de enero de 2009 con independencia de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial» de la Provincia, terminando su vigencia el 31 de diciembre del año 2009.

El presente convenio se prorrogaría por la tácita si no se desarrollase denuncia por alguna de las partes con un mes de antelación al menos a la fecha de su vencimiento. Las partes deberán efectuarán la denuncia a través de sus órganos representativos, bien sean los mismos que suscriben el presente Convenio o aquellos otros que durante la vigencia del mismo se elijan por los trabajadores o empresarios.

No obstante las partes acuerdan que una vez se produzca la firma del mismo, se entienda denunciado en tiempo y forma el convenio colectivo correspondiente al ejercicio 2009 .

Las partes se comprometen a constituir la comisión negociadora del convenio con anterioridad a la finalización del mes de febrero de 2010.

No obstante las partes acuerdan que una vez llegado el término de su vigencia y hasta tanto no se haya pactado un nuevo acuerdo que afecte al Sector quedan vinculados al cont

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