Boletín nº 23 (08-02-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de Fomento
Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Occidental
Unidad de Carreteras
Córdoba
Nº. 348/2010
Refª Proyecto: 33-CO-5100
Expediente de expropiación forzosa motivado por las obras del proyecto: Remodelación de accesos de enlaces y adecuación a la Normal 3.1-IC. A4 (N-IV) Autovía de Andalucía pp.kk.: 362,000 al 399,000. Tramo: Montoro-Córdoba.
Habiéndose recibido el libramiento para el pago de los Mutuos Acuerdos acordados en la obra de la referencia, se avisa a los interesados que figuran en la relación adjunta, a fin de que se personen en el lugar, fecha y hora que figura en la misma relación, para proceder al abono de dichos Mutuos Acuerdos.
Lugar: Unidad de Carreteras de Córdoba
Fecha: lunes, 15 de febrero de 2010
Finca Nº Nombre y Apellido del Titular Hora
14-001.0021 PEREZ HERRERA, MARIA JOSEFA 11:30
14-001.0023 GARCIA SOLANS, GREGORIO 11:30
14-001.0024 JORDANO PEREZ, Mª JOSE 11:30
JORDANO PEREZ, Mª DOLORES
JORDANO PEREZ, CARMEN MARIA
14-001.0025 CRESPO LOPEZ, SALVADOR 11:30
CRESPO LOPEZ, Mª DOLORES
CRESPO LOPEZ, JOSE Mª
CRESPO LOPEZ, FERNANDO
Deberán comparecer todos los titulares de derechos afectados con su D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general, ya especial, para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna (Documento Nacional de Identidad), como previene el Artículo 49.4 del Reglamento, de 26 de Abril de 1954, de la Ley de Expropiación Forzosa.
En este acto deberán aportar Nota Simple actual del Registro de la Propiedad relativa a la finca objeto de la expropiación y último recibo de la Contribución de Bienes Inmuebles.
En caso de cambio de titularidad o fallecimiento, se acreditará su calidad de herederos o nuevos propietarios, como tales con los Documentos Públicos (nueva escritura, testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el Impuesto sobre Sucesiones.
Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.
En el caso de que deseen cobrar por transferencia deberán solicitarlo, al Organismo competente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago, enviando la siguiente documentación:
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Solicitud de transferencia firmada por todos los propietarios
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Fotocopia del DNI de todos los propietarios
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Certificado bancario de una cuenta a nombre de todos los propietarios
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Nota simple actual del Registro de la Propiedad .
En Córdoba, a 15 de Enero de 2010.- El Representante De La Administración, Tomás González Villa.