Boletín nº 24 (09-02-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo
Delegacíón Provincial
Sección de Relaciones Colectivas
Córdoba

Nº. 578/2010

Visto el Texto del Convenio Colectivo suscrito el día 3 de didiembre de 2009, entre la representación legal de la empresa «Asea Brown Boveri S.A.» y sus trabajadores, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los trabajadores y el real decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobrel a base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 3/2009 de 23 de abril, sobre reestructuración de consejería y el Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

ACUERDA

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para su depósito al Centro de Mediación, Arbritraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

En Córdoba, a 13 de enero de 2010. El Delegado Provincial de Empleo, Antonio Fernánez Ramírez.

ACTA DE CONSTITUCION DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA ASEA BROWN BOVERI, S.A. EN SU CENTRO DE CORDOBA,

AÑO 2009

En la ciudad de Córdoba, siendo las 12,30 horas del día 22 de Enero de 2009, se reúnen las representaciones de los trabajadores y de la empresa para proceder a la constitución de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo de Asea Brown Boveri, S. A., Centro de Córdoba, para el año 2.009, quedando dicha Mesa formada por las siguientes personas:

REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES

Titulares

Colomina Carrero, Antonio

Domínguez Arias, Rafael

Domínguez Prat, J. Antonio

Dueñas Álvarez, Juan José

Dueñas Urbano, Juan José

Espejo Martínez, A. Jesús

Gallardo Leiva, Ángel

Jurado Mohedano, Francisco

Muñoz Arévalo, Francisco

Muñoz Nieto, Francisco

Rueda Jiménez, Isabel

Ruiz Mahedero, Antonio

Suplentes

Cruz Torres, Luis

Jurado Gil, Francisco Javier

Mondejar Fernández, Rafael

Piedrola Millán, Rafael

Reyes Ligero, Fco. José

REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA

Danvila Meléndez-Valdés, Rafael

García Criado, Ladislao

García López, José Javier

Garcia Nebra, Luis

Gomez Olea, Manuel

Lopez Guerrero, Daniel

Marín Fernández, Antonio J.

Pedraza Sanz, Juan Manuel

Prieto Colmenero, Alberto

Salmoral Cobos, Antonio

Tena Planas, Guillermo

Zamora García, Amparo

CALENDARIO DE REUNIONES

Se acuerda mantener reuniones todos los martes y jueves laborables de cada semana, con una duración máxima de 2 horas en cada reunión y con un horario de 11,30 a 13,30 horas, salvo imposibilidad de alguna de las representaciones. Estas reuniones se continuarán en la Sala de Formación a partir del martes, día 3 de Febrero, a las 11,30 horas de la mañana.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión siendo las 12,50 horas de la fecha al principio indicada, firmando de conformidad ambas representaciones.

REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES

Colomina Carrero, Antonio

Domínguez Arias, Rafael

Domínguez Prat, J. Antonio

Dueñas Álvarez, Juan José

Dueñas Urbano, Juan José

Espejo Martínez, A. Jesús

Gallardo Leiva, Ángel

Jurado Mohedano, Francisco

Mañoz Arévalo, Francisco

Muñoz Nieto, Francisco

Rueda Jiménez, Isabel

Ruiz Mahedero, Antonio

REPRESENTAC. DE LA EMPRESA

García Criado, Ladislao

García López, José Javier

López Guerrero, Daniel

Pedraza Sanz, Juan Manuel

Salmoral Cobos, Antonio

Zamora García, Amparo

En la ciudad de Córdoba, siendo las 11:15 horas del día 3 de Diciembre de 2009, se reúnen las representaciones de los trabajadores y de la Empresa Asea Brown Boveri, S. A., al margen relacionadas, para finalizar el proceso de negociación del Convenio Colectivo de la Empresa, Centro de Córdoba, alcanzando el siguiente

ACUERDO

Se aprueba el Convenio Colectivo de la Empresa Asea Brown Boveri, S. A., en su Centro de trabajo de Córdoba, para los años 2009, 2010 y 2011, cuyo documento (79 artículos, páginas 1 a 38; Disposiciones Finales, páginas 39 a 40 y Anexos I a VIII, páginas 41 a 63) se adjunta a la presente, siendo firmado por un representante de cada Sindicato en el Comité de Empresa y por un representante de la Empresa.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la reunión siendo las 12:00 horas de la fecha al principio indicada.

CONVENIO COLECTIVO AÑOS 2.009, 2.010 y 2.011  ASEA BROWN BOVERI, S.A.

  C Ó R D O B A

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º - Determinación De Las Partes

Este Convenio ha sido acordado por una representación de los trabajadores (Comité de Empresa) y una representación de la Empresa, compuestas de los siguientes miembros:

A.- REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES.

Titulares:

Colomina Carrero, Antonio

Domínguez Arias, Rafael

Domínguez Prat, J. Antonio

Dueñas Álvarez, Juan José

Dueñas Urbano, Juan José

Espejo Martínez, A. Jesús

Gallardo Leiva, Ángel

Jurado Mohedano, Francisco

Muñoz Arévalo, Francisco

Muñoz Nieto, Francisco

Rueda Jiménez, Isabel

Ruiz Mahedero, Antonio

Suplentes:

Cruz Torres, Luis

Jurado Gil, Francisco Javier

Mondejar Fernández, Rafael

Piedrola Millán, Rafael

Reyes Ligero, Fco. José

B.- REPRESENTACION DE LA EMPRESA.

Danvila Meléndez-Valdés, Rafael

García Criado, Ladislao

García López, José Javier

Garcia Nebra, Luis

Gomez Olea, Manuel

Lopez Guerrero, Daniel

Marin Fernandez, Antonio J.

Pedraza Sanz, Juan Manuel

Prieto Colmenero, Alberto

Salmoral Cobos, Antonio

Tena Planas, Guillermo

Zamora Garcia, Amparo

Artículo 2º - Ámbito Territorial

El presente Convenio Colectivo afectará a la Empresa ASEA BROWN BOVERI, S. A. en su Centro de Córdoba.

Artículo 3º - Ámbito Personal

El presente Convenio afectará a la totalidad del personal que en la actualidad presta sus servicios en la Empresa, así como a los que ingresen durante su vigencia, con las siguientes excepciones:

a) Los cargos de alta Dirección a que se refiere el Estatuto de los Trabajadores (R.D.L. 1/1995), en su Artº 1º, apartado 3, inciso c) y Artº 2º, apartado 1, inciso a).

b) El personal de las categorías y asimilados a las categorías que a continuación se detallan:

b.1) Según lo establecido en este artículo a partir del año 2006

- Titulados Superiores

- Titulados Medios

- Jefes de Taller.

- Jefes Administrativos de 1ª y 2ª, responsables de Departamento, Sección o Servicio.

- Jefes de Organización de 1ª y 2ª, responsables de Departamento, Sección o Servicio.

b.2) Personal que antes de 01-01-2006 ostentaba las categorías que a continuación se indica:

- Delineantes Proyectistas

- Maestros de Taller

- Maestros Segundos

- Jefes Administrativos de 1ª y 2ª

- Jefes de Organización de 1ª y 2ª

Todos aquellos empleados de las

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