Boletín nº 25 (10-02-2010)
V. Administración Local
Aayuntamiento de Encinas Reales
Nº. 651/2010
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de noviembre de 2.009, aprobó con carácter provisional la Modificación de Ordenanzas Fiscales para el año 2009.
El expediente ha estado expuesto al público, mediante Edicto, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en Boletín Oficial de la Provincia núm. 228, de fecha 4 de diciembre de 2.009, durante treinta (30) días hábiles, y no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna el referido acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
* MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES PARA EL AÑO 2.010:
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Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el servicio de Cementerio: incremento del 4 %.
Se añade un nuevo párrafo al final del art. 6º, Exacciones o Bonificaciones, con la siguiente redacción:
Se establece una bonificación del 75 % a favor de quienes perciban ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), previa solicitud del sujeto pasivo.
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Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de Tanatorio Municipal: incremento del 4 %.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Encinas Reales, a 18 de enero de 2.010. El Alcalde, firma ilegible.