Boletín nº 27 (12-02-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 679/2010

El Pleno de la Excma. Corporación Municipal, en sesión celebrada el día 13 de enero de 2010, adoptó el acuerdo, cuya parte dispositiva, es del siguiente tenor literal:

5º.- PROPUESTA DELEGACION FACULTADES EXPROPIATORIAS PARA EJECUCION OBRAS 2ª FASE COLECTOR NORTE.

Se da cuenta de la propuesta de la Presidencia, que fue objeto de dictamen por la Junta de Portavoces en sesión celebrada el día 7 de enero de 2010, del siguiente tenor literal:

Considerando la imposibilidad de este Ayuntamiento de acometer con celeridad los trámites expropiatorios, dada la falta de medios técnicos especializados en dicha actividad y la urgente necesidad de disponer de las infraestructuras hidráulicas de saneamiento y depuración, por razones de interés público, resulta conveniente que la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Medio Ambiente y previa delegación interadministrativa de la competencia expropiatoria por parte de este Ayuntamiento, realice las actuaciones como Administración expropiante para las obras de la que será beneficiaria final el Ayuntamiento de Montilla.

Estando prevista en el Ordenamiento Jurídico la posibilidad de delegaciones entre distintos entes públicos administrativos, de acuerdo con los principios de cooperación y de auxilio mutuo en la ejecución de las competencias que legalmente tienen conferidas.

En su virtud, esta Alcaldía propone al Pleno de la Corporación, la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.- Delegar en la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Medio Ambiente, la realización en auxilio e interés de esta Corporación Local, el ejercicio de la potestad expropiatoria, en relación con los bienes y derechos necesarios para la ejecución del Proyecto denominado 2ª FASE DE LAS OBRAS DEL COLECTOR NORTE DE MONTILLA, y que aparecen descritos en el anejo de expropiación del proyecto referenciado que ha sido aprobado por la Agencia Andaluza del Agua.

1.- El Ayuntamiento de Montilla, como propietario del dominio público será el beneficiario final, si bien, los bienes y servicios expropiados quedaran adscrito a la empresa Aguas de Montilla S.A., actual explotadora del servicio público. El ejercicio de la potestad implicará la aceptación de la delegación acordada.

2.- Que la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía inicie los trámites de expropiación forzosa referidos a los bienes y derechos que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la vigente Ley sobre expropiación forzosa, se describen en el anejo de expropiación del proyecto referenciado que ha sido aprobado por la Agencia Andaluza del Agua con fecha 10 de diciembre de 2009, en virtud de las competencias sustantivas que ostenta.

3.- Que los trámites se realicen por vía de urgente ocupación de los terrenos, a cuyo efecto y conforme a lo que establece el artículo 128 de la Ley 18/2003, citada, se deberá entender implícita la declaración de la urgente ocupación de los bienes y adquisición de los derechos correspondientes en la aprobación realizada del Proyecto. Y en tal sentido, se solicita resuelva notificar a los interesados el día y la hora en que se levantará el acta previa de ocupación, realizándose los siguientes trámites conforme se determina en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación forzosa.

4.- Que se entiendan con esta Corporación Local los sucesivos trámites en donde sea preceptiva su participación, de acuerdo con la Ley.

SEGUNDO.- Reconocer a la Agencia Andaluza del Agua en interés y auxilio del Ayuntamiento de Montilla, la ejecución de cuantos actos corresponden al beneficiario en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en especial el pago del justiprecio en calidad de beneficiario primero y preventivo de los bienes y derechos afectados, delegándose en dicho organismo autónomo la realización de dichos actos, sin perjuicio de que una vez recepcionadas las obras el Ayuntamiento de Montilla se subrogue en la condición de beneficiario último de las expropiaciones. El ejercicio de los actos como beneficiario implicará la aceptación de la delegación que a través de esta Resolución se produce.

TERCERO.- El presente acuerdo de delegación de competencias, se publicará en el Boletín oficial de la Provincia, ordenándose su notificación a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y a la Agencia Andaluza del Agua a los efectos oportunos.

El Pleno de la Corporación, en votación ordinaria y por unanimidad de los miembros presentes, que en este momento son dieciocho concejales, de los veintiuno que lo integran, acordó aprobar la propuesta presentada cuyo tenor literal ha quedado trascrita con anterioridad.

Montilla a 19 de enero de 2010.-El Alcalde, P.D., Fdo.: Antonio Millán Morales.

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