Boletín nº 27 (12-02-2010)

VII. Otras Entidades

Consorcio de Transporte Metropolitano
Área de Córdoba

Nº. 819/2010

D. Eduardo Tamarit Pradas, Director General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de la Junta de Andalucía

 Hace saber: Que el Consejo de Administración del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba, en Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2010, adoptó el acuerdo relativo a la aprobación de las Bases cuyo tenor literal es transcrito a continuación:

BASES POR LAS QUE HABRÁ DE REGIRSE EL PROCESO SELECTIVO, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN LABORAL TEMPORAL, MODALIDAD CONTRATO DE INTERINIDAD, DE UN TÉCNICO JURÍDICO-ECONÓMICO Y DE UN TÉCNICO DE TRANSPORTES DEL CONSORCIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO DEL ÁREA DE CÓRDOBA

  I.- OBJETO

  Primera.- Es objeto de la presente convocatoria la selección, con destino a la contratación, en régimen laboral temporal, de una plaza de Técnico Jurídico-Económico y de una plaza de Técnico de Transportes incluidas en la Plantilla de Personal Laboral del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba, conforme al sistema de selección establecido en los Anexos de las presentes Bases.

Los contratos que se formalicen serán de interinidad y a jornada completa, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

Los aspirantes que obtengan las plazas quedarán sujetos al régimen de incompatibilidades actualmente vigente.

La duración de los contratos coincidirá con el tiempo que resulte necesario para la provisión en propiedad de las plazas convocadas, previa la tramitación del procedimiento selectivo. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la extinción de tales contratos por la concurrencia de cualquiera de las causas establecidas en la normativa aplicable.

Segunda.- El número, características y modos de realización de los ejercicios se regirán por lo previsto en las presentes Bases y sus anexos correspondiente así como por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de Medidas de Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de Administración Local; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; Real Decreto 364/1995, de 10 de Marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los funcionarios de la Administración General del Estado y demás normativa concordante.

II.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Tercera .- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o estar comprendido en alguno de los supuestos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, para los nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima para la jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título exigido en la convocatoria o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias, previsto en los Anexos I y II respectivos de las presentes Bases .

Cuarta.- Los aspirantes discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Estas personas deberán indicar expresamente su discapacidad en la solicitud de participación dentro del apartado Discapacitado y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que tal adaptación sea necesaria. A tal efecto, deberán adjuntar a la solicitud de participación certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite el grado de discapacidad.

Asimismo, deberán adjuntar a la solicitud declaración responsable acreditativa de que el grado de discapacidad que padecen es compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a las plazas convocadas.

Quinta .- Los requisitos establecidos en las Bases anteriores, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. SOLICITUDES.

Sexta.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, según el modelo que acompaña como Anexo III a las presentes Bases, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes Bases, se dirigirán a la Excma. Sra. Presidenta del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba y se presentarán en el Registro General de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes sita en calle Tomás de Aquino, número 1 de Córdoba, en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la solicitud deberá unirse la siguiente documentación:

 - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

- Fotocopia compulsada de la titulación exigida o del abono de las tasas por su expedición, en el caso de estar en condiciones de obtener la titulación correspondiente. En caso de que resulte necesario, acreditación de la homologación de la titulación equivalente.

- Fotocopia compulsada acreditativa de los méritos que se aleguen.

 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de interesado.

 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior.

  IV.- ADMISIÓN DE CANDIDATOS.

  Séptima .- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Excma. Sra. Presidenta dictará, en el plazo máximo de cinco días naturales, resolución aprobatoria de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, la cual deberá hacerse pública en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de tres días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Córdoba para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen dicha exclusión quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

 Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior se dictará Resolución de la Excma. Sra. Presidenta, por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del proceso selectivo así como la composición del Tribunal, a la que se dará publicidad en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Esta publicación será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos contra las listas definitivas de admitidos.

  V.- TRIBUNAL.

  Octava.- El Tribunal Calificador del procedimiento selectivo será designado por la Presidencia del Consorcio u órgano en el que delegue en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, conforme a la siguiente composición:

 - Un Presidente, que tendrá la condición de funcionario o personal laboral fijo adscrito al Servicio de Transportes de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

- Tres Vocales, dos de los cuales tendrán la condición de funcionario con habilitación de carácter estatal y otro tendrá la condición de funcionario o personal laboral fijo al servicio de Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla.

- Un Secretario, que tendrá la condición de funcionario o personal laboral fijo adscrito al Servicio de Transportes de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

 La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, que deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para las plazas convocadas. El Secretario tendrá voz pero no voto.

 No podrán formar parte del Tribunal personal de elección o designación política, funcionarios interinos o personal eventual. La pertenencia será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

 El Tribunal Calificador quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz pero sin voto.

 El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, del Presidente o persona que le sustituya, Secretario o persona que le sustituya y dos vocales titulares o suplentes, indiferentemente . Las decisiones se adoptarán por mayoría de los presentes resolviéndose los posibles empates con el voto de calidad del Presidente.

  Novena .- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando puedan incurrir en las causas prevenidas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 del mismo texto legal.

  VI.- DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS.

  Décima.- La fecha, lugar y hora de comienzo de las fases de los procesos selectivos, así como la composición del Tribunal calificador se anunciará en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en la misma Resolución en la que se declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

 Una vez comenzadas las pruebas selectivas la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se expondrá en los locales donde se hayan celebrado las pruebas y en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes .

 Los aspirantes serán convocados para la celebración de los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan , salvo caso de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas que lo hayan hecho constar en su solicitud de participación, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

 La adaptación de tiempos consiste en la concesión de un tiempo adicional para la realización de las pruebas selectivas.

 La adaptación de medios y los ajustes razonables consiste en la puesta a disposición de los aspirantes de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como en la garantía de la accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde se desarrollen.

 A efectos de valorar la procedencia de las adaptaciones solicitadas, se podrá solicitar a la persona candidata el correspondiente certificado o información adicional y los órganos de selección podrán requerir un informe y, en su caso, la colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, sanitaria o asistencial correspondiente. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.

 El Tribunal decidirá el tiempo de duración de los ejercicios que no esté determinado expresamente.

 Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de tres días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

 En la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer opositor cuyo primer apellido, según la lista de admitidos ordenada alfabéticamente, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 27 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, comience con la letra W. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra W, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra X y así sucesivamente.

  Decimoprimera.- El proceso selectivo se desarrollará en los términos previstos en los Anexos I y II a las presentes Bases correspondientes a las plazas convocadas.

  VII.- PROPUESTA DE CONTRATACIÓN.

  Decimosegunda.- Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes las calificaciones otorgadas a cada uno de los aspirantes y el resultado final, por orden de puntuación , incluyendo los aspirantes propuestos para cubrir las vacantes convocadas.

 Dicha relación, en forma de propuesta, será elevada a la Excma. Sra. Presidenta del Consorcio para que apruebe las contrataciones correspondientes.

 En ningún caso podrá aprobarse ni declararse que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

  VIII.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATACIONES.

  Decimotercera.- En el plazo de tres días naturales, a contar desde la publicación de la relación a que se refiere la base anterior, los aspirantes propuestos deberán presentar, en el Registro General de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la Base Tercera de la convocatoria que son los que se relacionan a continuación:

 a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

 b) Declaración jurada o promesa de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo.

 c) Declaración jurada o promesa de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

 Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir por falsedad en su solicitud de participación.

 En este caso, la Excma. Sra. Presidenta del Consorcio, previa propuesta del Tribunal reunido al efecto, resolverá la contratación a favor del aspirante que, habiendo aprobado todos los ejercicios de la fase de oposición, figurara en el puesto inmediato inferior en el orden de calificación.

  IX.- RECURSOS.

  Decimocuarta.- Contra la convocatoria y sus bases se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que las aprobó, en el plazo de un mes; o bien interponerse, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, en ambos casos, contados desde el día siguiente al de la publicación oficial de las mismas.

 Las resoluciones y actos que se deriven del proceso selectivo podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  ANEXO I

PLAZA TÉCNICO ECONÓMICO-JURÍDICO

 1.- Número de Plazas: Una.

  II.- Titulación exigida: Licenciado en Derecho, Ciencias Económicas, Empresariales, Dirección y Administración de Empresas o equivalente.

  III.- Sistema Selectivo: Concurso-Oposición.

 El proceso de selección constará de dos fases: concurso y oposición.

 a) Fase de concurso: Esta fase, que no tiene carácter eliminatorio, será previa a la de oposición.

 Los aspirantes deberán presentar los documentos que acrediten los méritos del concurso, mediante originales o fotocopias compulsadas en unión de la solicitud, sin que el Tribunal Calificador pueda tener en cuenta ni valorar aquéllos que aún alegados fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La fase de concurso no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

 El Tribunal, una vez constituido, examinará los documentos aportados por cada aspirante y determinará la puntuación correspondiente a la fase de concurso, exponiéndola en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, conforme al siguiente baremo y con un máximo de 10 puntos:

 1 .- Experiencia profesional (puntuación máxima 6,00 puntos)

 - Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como Técnico Jurídico-Económico en cualquier Consorcio de Transporte Metropolitano, cuya naturaleza sea la de una Entidad de Derecho Público de carácter asociativo: 0,25 puntos.

- Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como Técnico Jurídico-Económico en cualquier Administración Pública: 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como Técnico Jurídico-Económico en Empresas Privadas relacionada con el transporte: 0,10 puntos.

 La prestación de servicios en Consorcios de Transporte Metropolitano o en la Administración Pública se acreditará mediante certificado emitido por el órgano competente de los mismos, en la que deberá constar la denominación del puesto de trabajo, con especificación del grupo y categoría, que ocupe o haya ocupado, con expresión del tiempo de servicios prestados, dependencia a la que está o ha estado adscrito y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.

 La prestación de servicios en Empresas Privadas relacionadas con el Transporte se acreditará mediante certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a la vida laboral del aspirante y fotocopias debidamente compulsadas de los contratos y, en su caso, cualquier otro medio que acredite la naturaleza de los mismos.

 Cuando no coincida la denominación del puesto que ocupa o ha ocupado en el ámbito de Consorcios de Transporte Metropolitano, la Administración Pública o Empresas Privadas relacionadas con el Transporte, el aspirante habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas a efectos de acreditar su similitud con la plaza convocada.

 2.- Cursos de Formación y Perfeccionamiento (puntuación máxima: 4,00 puntos)

 Por la participación como asistente o alumno a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto convocado , según el siguiente baremo:

 - De hasta 15 horas: 0,40 puntos.

- De 16 a 30 horas: 0,50 puntos.

- De 31 a 60 horas: 0,60 puntos.

- De 61 a 100 horas: 0,70 puntos.

- De 101 a 200 horas: 0,80 puntos.

- De 201 a 300 horas: 0,90 puntos.

- Más de 300 horas: 1,00 punto.

 Los cursos recibidos se acreditarán mediante certificado del organismo que lo impartió u homologó o en su caso el título o diploma obtenido, donde conste el número de horas lectivas. En caso de no justificarse la duración del curso, éste será valorado con la puntuación mínima.

 b) Fase de oposición:

 La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios que serán eliminatorios. Dicha fase dará comienzo en la fecha y hora que se determine por la Presidencia, conforme a lo establecido en la Base Décima.

  Primer ejercicio . Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas, con 4 respuestas alternativas, basadas en el temario contenido en el Anexo I de esta convocatoria, con una duración máxima de una hora.

Cada respuesta correcta será puntuada con 0,20 puntos, restándose por cada respuesta incorrecta 0,10 puntos. Las preguntas no contestadas no restan puntuación. Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos.

  Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante 3 horas como máximo, dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal relacionados con las Materias Específicas del Temario recogidas en el Anexo I de esta convocatoria y relativos a las tareas propias de la plaza convocada. Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales de que acudan provistos. Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 20 puntos en total, correspondiendo 10 puntos como máximo en cada supuesto, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos en cada uno de ellos, siendo la calificación total del ejercicio la suma aritmética de las calificaciones obtenidas en cada uno de los supuestos.

 IV.- Resultado final: A fin de garantizar una mayor objetividad en la calificación, ésta se realizará mediante votación secreta cuando así lo requiera cualquier miembro del Tribunal.

 Las puntuaciones de la fase de concurso y de la fase de oposición se harán públicas en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Córdoba.

 En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la fase de oposición. De persistir la igualdad, atendiendo a la puntuación correspondiente al primer ejercicio de la fase de oposición. En caso de continuar el empate, atendiendo a la puntuación correspondiente al apartado de experiencia profesional de la fase de concurso. De no ser posible deshacer el empate, el mismo se dilucidará por sorteo.

 El resultado final de la fase de oposición se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios que la integran.

 La puntuación definitiva del concurso-oposición será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

 V.- Programa de Materias

 1.- La Constitución Española de 1978. Valores Superiores y principios inspiradores. El Estado Social y Democrático de Derecho. Derecho y deberes fundamentales y libertades públicas. El procedimiento de reforma constitucional.

2.- La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La organización de las Comunidades Autónomas. La organización territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.

3.- La Administración local. Regulación constitucional. Tipología de los Entes Locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre la Administración Local. La ley de Bases de Régimen Local.

4.- La Administración Pública: Concepto. El Derecho Administrativo: Concepto y contenidos. La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad en la Administración. Potestades regladas y discrecionales: Discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados. Límites de la discrecionalidad. Fiscalización de la discrecionalidad.

5.- El administrado: Concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado: Derechos subjetivos e intereses legítimos.

6.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: La motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: El principio de autotutela declarativa. La notificación y la publicación.

7.- La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: Supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

8.- Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras de los distintos procedimientos. Derechos de los administrados. La iniciación del procedimiento: Clases, subsanación y mejora de solicitudes. Términos y plazos. Ordenación e instrucción. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: El régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

9.- Recursos administrativos: Principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: Conciliación, mediación y arbitraje.

10.- La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso-administrativo.

11.- La potestad sancionadora: Concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.

12.- La responsabilidad de la Administración pública: Caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.

13.- Régimen jurídico de los contratos de las Administraciones públicas en la nueva Ley de Contratos del Sector Público. Requisitos de los contratos. La Administración contratante. El órgano de contratación. El contratista: Capacidad, solvencia, prohibiciones, clasificación.

14.-La selección del contratista, actuaciones previas a la contratación. Procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización del contrato. Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. La extinción de los contratos administrativos. La cesión de los contratos y la subcontratación.

15.- Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de acuerdos. El Registro de Documentos.

16.- La protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración Pública.

17.- La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y Deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio de los empleados públicos.

18.- Régimen retributivo del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

19.- Seguridad Social (I). Régimen General y Regímenes Especiales. Prestaciones y Pensiones. Accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común y enfermedad profesional. Incapacidad temporal y maternidad.

20.- Seguridad Social (II). Afiliación, altas, bajas y variaciones de trabajadores. Cotización y recaudación.

21.- Contratación Laboral. Tipos de Contratos de Trabajo. Formalización y características. Extinción del Contrato de Trabajo: causas y efectos.

22.- Prevención de Riesgos Laborales: obligaciones.

23.- El Presupuesto General de las Entidades Locales. Concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto.

24.- Elaboración y aprobación del Presupuesto. La prórroga presupuestaria.

25.- La estructura presupuestaria. Clasificaciones de gastos e ingresos.

26.- Las modificaciones de crédito. Concepto, clases, financiación y tramitación.

27.- La ejecución del presupuesto de gastos e ingresos. Sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual.

28.- Los proyectos de gastos. Los gastos con financiación afectada: Especial referencia a las desviaciones de financiación.

29.- La liquidación del presupuesto. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: Concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería. Concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesorería.

30.- El sistema de contabilidad de la Administración Local. Principios generales. Competencias. Fines de la contabilidad.

31.- La instrucción de contabilidad para la Administración local. Estructura y contenido.

32.- Operaciones contables. Contabilidad del presupuesto de gastos. Contabilidad del presupuesto de ingresos.

33.- La Cuenta General de las Entidades Locales. Los estados de cuentas anuales y anexos. Análisis de estados contables.

34.- El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades locales y sus Entes dependientes. La función interventora. Ámbito subjetivo, objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

35.- El control externo de la actividad económico-financiera del sector público local. La fiscalización de las Entidades Locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas.

36.- La Tesorería de las Entidades Locales. Definición y régimen jurídico. Funciones. Gestión de la Tesorería.

37.- Las operaciones de crédito. Naturaleza. Operaciones de tesorería. Operaciones de préstamo. Emisiones de deuda.

38.- Criterios de concesión de créditos. Régimen legal de financiación externa en la Administración Local.

39.- La gestión recaudatoria. Concepto. Recaudación de la Hacienda pública de las entidades locales y de sus organismos autónomos. Lugar de realización de los ingresos. Entidades de crédito que presten el servicio de caja. Entidades colaboradoras en la recaudación. Ingresos en cuentas restringidas y en cajas de órganos gestores.

40.- Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

41.- Los transportes. Marco legal y distribución de competencias entre la Administración Central y la Comunidad Autónoma Andaluza. Transporte por carretera: Clasificación. Transporte público regular permanente de viajeros por carretera de uso general: Clasificación. Naturaleza del servicio público. Especial referencia al PISTA.

42.- El Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Convenio de Constitución y Estatutos. Naturaleza Jurídica. Objeto y Funciones. Organización y régimen jurídico. Régimen económico-financiero.

43.- Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba. Organización y régimen jurídico. Patrimonio y régimen económico-financiero. Modificación y disolución.

44.- La Ley de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía: Disposiciones generales. Transportes Urbanos y Metropolitanos. Instrumentos de ordenación y coordinación. Las Entidades de transporte Metropolitano.

45. Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres: La concesión administrativa como forma ordinaria de gestión de servicios regulares permanentes de viajeros por carretera de uso general.

46. Adscripción de material móvil a la concesión. Titularidad de los vehículos. Títulos habilitantes. Inembargabilidad. Intensificaciones de tráficos. Los seguros de los vehículos adscritos a la concesión.

47.- Itinerarios. Regulación legal y modificaciones. Infracciones y régimen sancionador. Puntos de parada. Procedimiento para su determinación y órganos competentes.

48.- Expediciones, calendarios y horarios. Naturaleza jurídica. Marco de actuación. Modificaciones.

49.- Tráficos. Naturaleza jurídica. Clases y tipos. Delimitación legal e inclusión concesional. Exclusividad y tráficos coincidentes. Modificación de tráficos.

50.- Régimen tarifario: Régimen económico financiero del transporte regular de viajeros. Carácter y estructura del sistema tarifario. Régimen tarifario. La revisión tarifaria.

Compensaciones del equilibrio financiero.

51.- Transmisión, unificación y extinción de concesiones: Delimitación legal. Competencia. Requisitos. Procedimiento. Efectos.

52.- La accesibilidad en el transporte público: Normativa aplicable. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

  ANEXO II

PLAZA TÉCNICO DE TRANSPORTES  

I.- Número de Plazas: Una.

 II.- Titulación exigida: Ingeniería en cualquiera de sus especialidades o equivalente.

 III.- Sistema Selectivo: Concurso-Oposición.

 El proceso de selección constará de dos fases: concurso y oposición.

 a) Fase de concurso: Esta fase, que no tiene carácter eliminatorio, será previa a la de oposición.

 Los aspirantes deberán presentar los documentos que acrediten los méritos del concurso, mediante originales o fotocopias compulsadas en unión de la solicitud, sin que el Tribunal Calificador pueda tener en cuenta ni valorar aquéllos que aún alegados fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La fase de concurso no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

 El Tribunal, una vez constituido, examinará los documentos aportados por cada aspirante y determinará la puntuación correspondiente a la fase de concurso, exponiéndola en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, conforme al siguiente baremo y con un máximo de 10 puntos:

 1.- Experiencia profesional (puntuación máxima 6,00 puntos)

 - Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como Técnico de Transportes en cualquier Consorcio de Transporte Metropolitano, cuya naturaleza sea la de una Entidad de Derecho Público de carácter asociativo: 0,25 puntos.

- Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como Técnico de Transportes en cualquier Administración Pública: 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como Técnico de Transportes en Empresas Privadas relacionada con el transporte: 0,10 puntos.

 La prestación de servicios en Consorcios de Transporte Metropolitano o en la Administración Pública se acreditará mediante certificado emitido por el órgano competente de los mismos, en la que deberá constar la denominación del puesto de trabajo, con especificación del grupo y categoría, que ocupe o haya ocupado, con expresión del tiempo de servicios prestados, dependencia a la que está o ha estado adscrito y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.

 La prestación de servicios en Empresas Privadas relacionadas con el Transporte se acreditará mediante certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a la vida laboral del aspirante y fotocopias debidamente compulsadas de los contratos y, en su caso, cualquier otro medio que acredite la naturaleza de los mismos.

 Cuando no coincida la denominación del puesto que ocupa o ha ocupado en el ámbito de Consorcios de Transporte Metropolitano, la Administración Pública o Empresas Privadas relacionadas con el Transporte, el aspirante habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas a efectos de acreditar su similitud con la plaza convocada.

 2.- Cursos de Formación y Perfeccionamiento (puntuación máxima: 4,00 puntos)

 Por la participación como asistente o alumno a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto convocado , según el siguiente baremo:

 - De hasta 15 horas: 0,40 puntos.

- De 16 a 30 horas: 0,50 puntos.

- De 31 a 60 horas: 0,60 puntos.

- De 61 a 100 horas: 0,70 puntos.

- De 101 a 200 horas: 0,80 puntos.

- De 201 a 300 horas: 0,90 puntos.

- Más de 300 horas: 1,00 punto.

Los cursos recibidos se acreditarán mediante certificado del organismo que lo impartió u homologó o en su caso el título o diploma obtenido, donde conste el número de horas lectivas. En caso de no justificarse la duración del curso, éste será valorado con la puntuación mínima.

b) Fase de oposición:

Consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios que serán eliminatorios. Dicha fase dará comienzo en la fecha y hora que se determine por la Presidencia, conforme a lo establecido en la Base Décima.

Primer ejercicio . Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas, con 4 respuestas alternativas, basadas en el temario contenido en el Anexo II de esta convocatoria, con una duración máxima de una hora.

Cada respuesta correcta será puntuada con 0,20 puntos, restándose por cada respuesta incorrecta 0,10 puntos. Las preguntas no contestadas no restan puntuación. Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos.

  Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante 3 horas como máximo, dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal relacionados con las Materias Específicas del Temario recogidas en el Anexo II de esta convocatoria y relativos a las tareas propias de la plaza convocada. Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 20 puntos en total, correspondiendo 10 puntos como máximo en cada supuesto, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5,00 puntos en cada uno de ellos, siendo la calificación total del ejercicio la suma aritmética de las calificaciones obtenidas en cada uno de los supuestos.

 IV.- Resultado final: A fin de garantizar una mayor objetividad en la calificación, ésta se realizará mediante votación secreta cuando así lo requiera cualquier miembro del Tribunal.

 Las puntuaciones se harán públicas en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

 En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio. De persistir la igualdad, en la puntuación correspondiente al primer ejercicio de la fase de oposición. De no ser posible deshacer el empate, el mismo se dilucidará por sorteo.

 El resultado final de la oposición se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios que la integran.

 V.- Programa de Materias

 1.- La Constitución Española de 1978. El Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales y libertades públicas. Garantías y restricciones. El procedimiento de reforma constitucional.

2.- La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía, en especial, el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La organización de las Comunidades Autónomas.

3.- La Administración local. Regulación constitucional. Tipología de los Entes Locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre la Administración Local. La ley de Bases de Régimen Local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.

4.- Los Consorcios de Transporte Metropolitano. El Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba: Convenio de constitución. Estatutos.

5.- La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración. El Derecho administrativo: Concepto y contenido. Autonomía del derecho Administrativo. Criterios de Aplicación.

6.- Los órganos administrativos: Concepto y clases. La competencia: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos: La motivación. La eficacia de los actos administrativos: la notificación y la publicación. El silencio administrativo, naturaleza y régimen jurídico. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos.

7.- El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común. Los principios generales del procedimiento administrativo. Abstención y recusación. Los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. La iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento administrativo. Formas de terminación. Los procedimientos especiales: Consideraciones generales.

8.- Los recursos administrativos: Conceptos, clases y principios generales de su regulación. Actos que agotan la vía administrativa. La resolución de los recursos: La «reformatio in peius». Régimen jurídico de los distintos recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

9.- Los contratos de la Administración. Contratos administrativos y otros contratos de la Administración. Órganos competentes para su celebración. Incapacidad y prohibiciones. Invalidez de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

10.- La responsabilidad patrimonial de la Administración. Competencias de la Junta de Andalucía. Procedimiento general y procedimiento abreviado. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

11.- La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Especial referencia al personal laboral.

12.- El presupuesto de las Entidades Locales: Contenido y estructura. Los criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. El procedimiento general de ejecución del gasto público. El control de la actividad financiera de las Entidades Locales: Tipos de control.

13.- Los sistemas informáticos. Conceptos, componentes y funcionamiento general. Tipos de arquitecturas. Niveles de arquitectura informática. Tendencias actuales de arquitectura informática. Tendencias actuales de arquitectura informática para organizaciones complejas. Los procesos cooperativos y la arquitectura cliente-servidor.

14.- Los sistemas operativos. Los sistemas de gestión de bases de datos. Tipología de los sistemas de información. Sistemas de ayuda a la toma de decisiones, sistemas de trabajo en grupo, sistemas de tratamiento almacenamiento y archivo de documentos, sistemas para tratamiento estadístico, sistemas inteligentes.

15.-. Obras públicas: concepto y clasificación. Normativa vigente. Competencias de la Junta de Andalucía.

16.- Toma de datos: Levantamientos topográficos, procedimientos clásicos y actuales. Fotointerpretación. Fotogrametría terrestre y aérea. Replanteo de obras. Geodesia.

17.- Redacción de estudios y proyectos. Fases de los mismos. Documentos a englobar y tramitación administrativa. Exigencias de alcance y contenido según las normas para la redacción de proyectos y documentación técnica para las obrasen la Comunidad Autónoma de Andalucía.

18.- Documentos preparatorios de la iniciación del expediente de contratación. Procedimientos o formas de adjudicación de contratos. Clasificación de empresas contratistas de obras y empresas consultoras y de servicios.

19.- Ejecución del contrato, acta de comprobación de replanteo, certificaciones, programa de trabajos, modificación del contrato, obras complementarias, expedientes de reclamación, revisiones de precios. Penalizaciones, suspensiones de las obras, resolución del contrato. Recepción, liquidación y plazo de garantía de las obras.

20.- Seguridad y salud en obras. Normas reguladoras dela materia. Coordinadores en materia de seguridad y salud: Designación, obligaciones y responsabilidades. Estudio de seguridad y salud y estudio básico: Obligatoriedad y contenido. Plan de seguridad y salud. Obligaciones de los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos. Libro de incidencias. Derechos de los trabajadores.

21.- La Red de Carreteras de Andalucía: Red Estatal y Auto-nómica. Competencia autonómica en materia de carreteras. Ley de Carreteras de Andalucía y Reglamento para su desarrollo.

22.- Planificación de carreteras. Objetivos y criterios. Contenido de los planes de carreteras. Plan de Carreteras de Andalucía. Organización de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en materia de carreteras (para la planificación, gestión, realización y conservación de las obras de carreteras).

23.- Proyectos de carreteras, características geométricas: Planta, alzado y sección transversal. Intersecciones y enlaces. Criterios de diseño. Normativa de aplicación.

24.- Explanaciones. Diseño y ejecución de las obras de movimiento de tierras, normas y especificaciones. Tipos y características de éstas como cimiento del firme. Estabilizaciones de suelos. Terreno natural subyacente.

25.- Drenaje longitudinal y transversal. Obras de fábrica, emplazamiento y normas de diseño. Obras de paso normalizadas. Drenes. Cunetas cálculo y diseño. Túneles de carreteras. Métodos constructivos y criterios de selección del método. Auscultación y conservación.

26.- Firmes de carreteras: Tipos y criterios de selección. Métodos de cálculo. Dimensionamiento. Unidades de obra y sus materiales: Bases y subbases granulares y estabilizadas. Emulsiones, riegos, tratamientos superficiales, lechadas bituminosas, betunes, mezclas bituminosas. Hormigones. Normativa aplicable.

27.- Señalización y balizamiento. Elementos de seguridad y sistemas de contención de vehículos. Normativa aplicable.

28.- Construcción de carreteras: Organización de la obra. Selección de la maquinaria. Seguimiento de la ejecución de la obra.

Señalización de obra y medidas de seguridad. Empresas de gestión de infraestructuras.

29.- Control de calidad. Laboratorios de control de obras. Planes de aseguramiento de la calidad de obras de carreteras. Controles geométrico, cuantitativo y cualitativo. Plan de Auto-control (PAC). Sistema de Auscultación Dinámica de Alto Rendimiento (SDAR) de la Junta de Andalucía. Control final de obra.

30.- Conservación de carreteras. Métodos de conservación. Conservación por medios propios o contratada. Contratos de conservación integral. Organización y programación de la conservación.

31.- Explotación de carreteras. La vigilancia de las carreteras. Dominio y servidumbre. Construcciones contiguas a la carretera. Sanciones. Ordenación de accesos y regulación de la circulación. Aforos. Seguridad vial. Tramos de concentración de accidentes.

32.- Los bancos de datos de carreteras. Sistemas de Información Geográfica (GIS) y su utilización en los bancos de datos de carreteras. Los inventarios de carreteras, realización, explotación y puesta al día. Seguimiento y evolución de los firmes y obras de fábrica.

33.- Las obras públicas y el medio ambiente. Marco legal y competencial. Medidas de prevención ambiental en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza. Líneas básicas para la elaboración de estudios de impacto ambiental y declaración de impacto ambiental.

34.- Los transportes: Marco legal y distribución de competencias entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma Andaluza. Normativa de la Unión Europea sobre transporte. Importancia en la economía.

35.- La organización del transporte por carretera en Andalucía. Competencias. Autorización, inspección y sanciones. Transporte de mercancías en Andalucía. Tráfico de vehículos pesados.

36.- Transportes de viajeros por carretera: Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres: Ámbito de aplicación. Principios generales y régimen de competencias, Los servicios y actividades del transporte por carretera. Régimen sancionador y de control.

37.- Los servicios públicos regulares permanentes de transporte de viajeros: Establecimiento, adjudicación y explotación de las concesiones. Unificación y extinción de las concesiones.

38.- Las competencias autonómicas en materia de transporte público: La Consejería de Obras Públicas y Transportes: estructura orgánica y competencias.

39.- La ley de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía (I): Disposiciones generales. Transportes urbanos y metropolitanos. Transporte de viajeros en automóviles de turismo. Instrumentos de ordenación y coordinación: el Plan de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba.

40.- La ley de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía (II): Programas coordinados de explotación de los transportes urbanos e interurbanos; Convenios y Contratos-Programa. Las Entidades de transporte metropolitano. Ferrocarriles de la Junta de Andalucía. Financiación. Régimen de inspección y sancionador.

41.- Transporte por ferrocarril: RENFE. Antecedentes. Estatuto jurídico. Infraestructura y superestructura. Tráfico, costes y tarifas. Infraestructuras ferroviarias. Características de su trazado. Red de alta velocidad, convencional y de cercanías. Red transeuropea. La Red Ferroviaria Andaluza.

42.- La vía: Componentes. Características. Materiales: Carril, traviesas. Juntas. Sujeciones. Capas de asiento. Plataforma. La vía sin juntas. Control de calidad de los materiales. Maquinaría específica de la vía. Conservación.

43.- Electrificación, señalización y comunicación ferroviarias. Instalaciones de seguridad. Organización del movimiento. Control de señalización, enclavamientos y bloqueos. Aplicación de ordenadores al seguimiento y control del tráfico ferroviario. Explotación de ferrocarriles.

44.- Ordenación del territorio. Los usos del suelo. Estructura de asentamiento. Las áreas urbanas y el hábitat rural. Las ciudades y las áreas metropolitanas. El crecimiento urbano y su demanda de infraestructuras. Zonas industriales.

45.- El Plan de Ordenación del Territorio en Andalucía. Los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Córdoba, 29 de enero de 2010.-El Director General de Transportes y Movilidad, Fdo: Eduardo Tamarit Pradas.


Adjuntos: anexos_819.pdf |

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