Boletín nº 27 (12-02-2010)

VII. Otras Entidades

Consorcio de Transporte Metropolitano
Área de Córdoba

Nº. 819/2010

D. Eduardo Tamarit Pradas, Director General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de la Junta de Andalucía

 Hace saber: Que el Consejo de Administración del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba, en Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2010, adoptó el acuerdo relativo a la aprobación de las Bases cuyo tenor literal es transcrito a continuación:

BASES POR LAS QUE HABRÁ DE REGIRSE EL PROCESO SELECTIVO, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN LABORAL TEMPORAL, MODALIDAD CONTRATO DE INTERINIDAD, DE UN TÉCNICO JURÍDICO-ECONÓMICO Y DE UN TÉCNICO DE TRANSPORTES DEL CONSORCIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO DEL ÁREA DE CÓRDOBA

  I.- OBJETO

  Primera.- Es objeto de la presente convocatoria la selección, con destino a la contratación, en régimen laboral temporal, de una plaza de Técnico Jurídico-Económico y de una plaza de Técnico de Transportes incluidas en la Plantilla de Personal Laboral del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba, conforme al sistema de selección establecido en los Anexos de las presentes Bases.

Los contratos que se formalicen serán de interinidad y a jornada completa, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

Los aspirantes que obtengan las plazas quedarán sujetos al régimen de incompatibilidades actualmente vigente.

La duración de los contratos coincidirá con el tiempo que resulte necesario para la provisión en propiedad de las plazas convocadas, previa la tramitación del procedimiento selectivo. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la extinción de tales contratos por la concurrencia de cualquiera de las causas establecidas en la normativa aplicable.

Segunda.- El número, características y modos de realización de los ejercicios se regirán por lo previsto en las presentes Bases y sus anexos correspondiente así como por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de Medidas de Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Vigentes de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de Administración Local; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; Real Decreto 364/1995, de 10 de Marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los funcionarios de la Administración General del Estado y demás normativa concordante.

II.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Tercera .- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o estar comprendido en alguno de los supuestos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, para los nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima para la jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título exigido en la convocatoria o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias, previsto en los Anexos I y II respectivos de las presentes Bases .

Cuarta.- Los aspirantes discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Estas personas deberán indicar expresamente su discapacidad en la solicitud de participación dentro del apartado Discapacitado y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que tal adaptación sea necesaria. A tal efecto, deberán adjuntar a la solicitud de participación certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite el grado de discapacidad.

Asimismo, deberán adjuntar a la solicitud declaración responsable acreditativa de que el grado de discapacidad que padecen es compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a las plazas convocadas.

Quinta .- Los requisitos establecidos en las Bases anteriores, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

III. SOLICITUDES.

Sexta.- Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, según el modelo que acompaña como Anexo III a las presentes Bases, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes Bases, se dirigirán a la Excma. Sra. Presidenta del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba y se presentarán en el Registro General de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes sita en calle Tomás de Aquino, número 1 de Córdoba, en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la solicitud deberá unirse la siguiente documentación:

 - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

- Fotocopia compulsada de la titulación exigida o del abono de las tasas por su expedición, en el caso de estar en condiciones de obtener la titulación correspondiente. En caso de que resulte necesario, acreditación de la homologación de la titulación equivalente.

- Fotocopia compulsada acreditativa de los méritos que se aleguen.

 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de interesado.

 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior.

  IV.- ADMISIÓN DE CANDIDATOS.

  Séptima .- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Excma. Sra. Presidenta dictará, en el plazo máximo de cinco días naturales, resolución aprobatoria de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, la cual deberá hacerse pública en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de tres días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Tablón de Anuncios de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Córdoba para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen dicha exclusión quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

 Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior se dictará Resolución de la Excma. Sra. Presidenta, por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del proceso selectivo así como la composición del Tr

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad