Boletín nº 30 (17-02-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de Politica
Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba
Secretaría General
Nº. 838/2010
Intentada la notificación en el último domicilio conocido de la Resolución de Denegación de la Prórroga para Investigación y Estudios, relativa a la solicitud formulada por el ciudadano extranjero MIGUEL ANGEL ESCALONA AGUILAR, nacional de MEXICO, con NIE X-7430257S, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y el Reglamento de la citada Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de las competencias que le son atribuidas por la Disposición adicional primera del Real Decreto indicado una vez examinados los antecedentes que obran en el expediente RESUELVE:
Declarar el DESESTIMIENTO y ordenar el ARCHIVO de la autorización solicitada al concurrir los motivos que se exponen a continuación:
Con fecha 12/06/2009 se le requiere documentación acreditativa de que dispone de medios económicos, mediante un certificado bancario acreditando cantidad, procedencia y periodicidad de los ingresos o documentación de concesión de beca. Con fecha 21/07/2009 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia.
Habiendo transcurrido el plazo de publicación y exposición en el tablón del Ayuntamiento procede al archivo del expediente.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición, ante esta Subdelegación del Gobierno en el plazo de UN MES, siendo también de un mes el plazo máximo para resolver, transcurrido el cual se entenderá desestimado, o bien podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Córdoba, de conformidad con lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. En ambos casos, el plazo para recurrir se contará desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución.
Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Córdoba, a 15 de febrero de 2010.- El Subdelegado del Gobierno, Jesús María Ruiz García.- El Secretario General, José Antonio Caballero León.