Boletín nº 30 (17-02-2010)

I. Administración General del Estado

Ministerio de Politica Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba
Secretaría General

Nº. 841/2010

Intentada la notificación en el último domicilio conocido de la Resolución de Denegación de la Renovación de la Autorización de Residencia Temporal y Trabajo, relativa a la solicitud formulada por el ciudadano extranjero MOHAMMED SAIDI, nacional de MARRUECOS, con NIE X-9820378E, y nº expdte. 140020090003890, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y el Reglamento de la citada Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de las competencias que le son atribuidas por la Disposición adicional primera del Real Decreto indicado una vez examinados los antecedentes que obran en el expediente RESUELVE:

Declarar el DESESTIMIENTO y ordenar el ARCHIVO de la autorización solicitada al concurrir los motivos que se exponen a continuación:

Observada la falta de documentación imprescindible para la tramitación de la solicitud indicada, se requiere con fecha 11-11-2009, consistente en contrato de trabajo y empadronamiento en la provincia de Córdoba, conforme a lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que contempla el desistimiento de la petición en el caso de no aportar en plazo los documentos preceptivos.

Asimismo, se advierte al/a extranjero/a que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley Orgánica 4/2000 citada, en relación con el artículo 158 del Real Decreto 2393/2004, deberá abandonar el territorio español en el plazo máximo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional décima del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, un recurso de alzada ante este Órgano o ante el Delegado del Gobierno en Andalucía, de acuerdo con los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de UN MES, contando desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución y prorrogándose al primer día hábil siguiente, cuando el último sea inhábil.

Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Córdoba, a 15 de febrero de 2010.- El Subdelegado del Gobierno, Jesús María Ruiz García.- El Secretario General, José Antonio Caballero León.

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