Boletín nº 32 (19-02-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo
Delegación Provincial
Córdoba

Nº. 1.019/2010

Código de Convenio: 14-0036-5  

Visto el Texto de los Acuerdos adoptados los días 27 de enero de 2009 y 26 de enero de 2010, por los que se aprueban, respectivamente, la constitución de la Mesa Negociadora, así como el Calendario Laboral de 2010, referentes al «Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción y Obras Públicas de Córdoba», y de conformidad a lo establecido en el art. 90 del R.D.L. 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el R.D. 1040/1981, de 22 de mayo sobre registro y depósito de Convenios, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 3/2009 de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo. 

A C U E R D A

  PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

  SEGUNDO.- Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

  Córdoba, 1 de febrero de 2010.-El Delegado Provincial de Empleo, Fdo.: Antonio Fernández Ramírez.

Asistentes: Don José Tirado Fernández (Fecoma-CCOO)

Don Fco. Javier Hidalgo de Toro (Fecoma-CCOO)

Doña Laura Carrasco Lobato (Fecoma-CCOO)

Don Raúl Tirado Santofimia (Fecoma-CCOO)

Don José Luis Carmona Ruiz (MCA-UGT)

Don Jaime Sarmiento Diaz (MCA-UGT)

Don Juan Banderas Rides (MCA-UGT)

Don Manuel Serrano Ávila (MCA-UGT)

Don Francisco Carmona Castejón (AEC)

Don Antonio Arroyo Díaz (AEC)

Doña Inmaculada Requena García-Baltasar

Doña Begoña Roa Martínez (AEC)

En Córdoba, siendo las diecisiete horas del día veintisiete de enero de dos mil nueve, se reúnen en la sede social de la Asociación de Empresarios de la Construcción de Córdoba las personas que al margen se relacionan, en la representación que igualmente se indica.

La reunión tiene por objeto proceder a la constitución de la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo Provincial del Sector de Construcción

Por la representación de MCA-UGT se indica que también formará parte, en calidad de asesores, doña María Dolores Cantarero y por parte de Fecoma-CCOO, D. Andrés Pozuelo Moya.

Reconociéndose los presentes la capacidad y representatividad exigida en la normativa legal aplicable, acuerdan constituir la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo Provincial del Sector de Construcción.

La representación sindical ratifica la plataforma comprensiva de las materias a negociar entregada en su día.

Las partes acuerdan fijar un calendario de reuniones, quedando emplazados para iniciar las negociaciones el próximo día 6 de febrero, a las 9:30 horas.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión, siendo las dieciocho horas del día señalado al principio.

Asistentes: Don José Tirado Fernández (Fecoma-CCOO)

Don Raúl Tirado Santofimia (Fecoma-CCOO)

Don Juan Banderas Rider (MCA-UGT)

Don Jaime Sarmiento Diaz (MCA-UGT)

Don Francisco Carmona Castejón (AEC)

Don Antonio Arroyo Díaz (AEC)

Doña Inmaculada Requena García-Baltasar (AEC)

Doña Begoña Roa Martínez (AEC)

En Córdoba, siendo las dieciocho horas del día 26 de enero de dos mil diez, estando pendiente la negociación del Convenio Colectivo Provincial del 2009, se reúnen en la sede social de la Confederación de Empresarios de Córdoba las personas que al margen se relacionan, en la representación que igualmente se indica y en su condición de miembros de la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo Provincial del sector de Construcción

A la reunión asiste don Andrés Pozuelo Moya, en calidad de asesor de Fecoma-CCOO.

Se designa Presidente de la reunión a don Jaime Sarmiento Díaz y como Secretario a don Francisco Carmona Castejón.

Las partes se reúnen a los efectos de aprobar el Cuadro Calendario del Sector de la Construcción para Córdoba y su provincia que regirá para el año 2010. Al término de la reunión acuerdan:

1.- Aprobar el cuadro calendario que habrá de regir durante 2010, que se acompaña a la presente acta como Anexo que contempla las siguientes particularidades:

A. Semana Santa: Se establece una jornada de 6 horas diarias efectivas de trabajo durante los días 29, 30 y 31 de marzo.

B. Feria de Córdoba: Se considera No Laborable el día 28 de mayo.

Este régimen se aplicará exclusivamente a Córdoba capital, debiendo observarse el mismo criterio en los demás municipios de la provincia, adecuando de esta manera sus ferias y fiestas locales respectivas.  

C. Jornada Continuada: Se establece una jornada necesariamente continuada de siete horas diarias efectivas de trabajo durante el período comprendido entre el día 21 de junio hasta el día 27 de agosto, ambos inclusive, con la recomendación de que su inicio tenga lugar no más tarde de las siete horas de la mañana. No obstante, las empresas, de común acuerdo con la representación legal de los trabajadores y de las trabajadoras, podrán pactar otro régimen distinto.

D. Días No Laborables: Se consideran además, días no laborables, y con carácter exclusivo para el 2010, el 11 de octubre, 24 y 31 de diciembre

2.- En los supuestos en que se anuncien por los organismos competentes temperaturas que puedan provocar situaciones de riesgo por la intensidad del calor y la exposición de los trabajadores/as a la radiación solar, las empresas deberán organizar el trabajo, coordinar las tareas y adecuar el horario de trabajo, de forma que se reduzca el tiempo de exposición, disponiendo que aquellos trabajos que requieran más esfuerzo se ejecuten en horas de menor calor.

3.- Las partes se comprometen a difundir entre los trabajadores y las empresas el cuadro calendario aprobado, y hacerlo con la mayor diligencia.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión siendo las 19 horas y treinta minutos del día al principio reseñado.


Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad