Boletín nº 32 (19-02-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 997/2010

ANUNCIO 

Intentada sin efecto, la notificación a D Antonio Fajardo Carmona en el último domicilio conocido, situado en C/ Ronda Sur, s/n, de Bujalance, de conformidad con lo dispuesto en los arts 59.4 y 61 de Ley 30/1992 de 30 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común se le hace saber:  

Que, con fecha 29 de enero de 2010, en el expediente nº R-1/2010 se ha dictado Decreto nº 75/2010 por la Delegada de Urbanismo en la que se dispone:  

Visto el informe técnico de esta misma fecha en el que se pone de manifiesto el peligro de derrumbe parcial del inmueble nº 8 de la calle Baja Molinos, propiedad de D. Antonio Fajardo Carmona y,  

Considerando que por Decreto de esta Alcaldía de 12 de enero de los corrientes se acordaron diversas medidas cautelares y urgentes, entre las que se encontraba la demolición de dicho cuerpo si bien, habiéndose adoptado todas las otras medidas, no se ha ejecutado la demolición por haberse intentado, dada la gravedad de la medida, la notificación de la resolución al propietario en el domicilio indicado por la Policía Local.  

Considerando que, no obstante lo anterior, la notificación se ha intentado sin efecto según consta en el acuse de recibo devuelto por la oficina de correos y, no habiéndose podido averiguar el paradero del Sr. Fajardo a pesar de las pesquisas de la Policía Local de Baena y Bujalance.  

Visto el deterioro de la situación del inmueble, como ha quedado dicho, como consecuencia de las fuertes lluvias de los últimos días, en virtud de las atribuciones que me confiere la vigente legislación,  

HE RESUELTO  

PRIMERO .- Acordar la ejecución subsidiaria del cuerpo que amenaza ruina con carácter de emergencia, a los efectos del artículo 97 de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo darse traslado de la presente a los servicios técnicos municipales y al negociado de contratación a los efectos oportunos.  

SEGUNDO .- De conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procédase a la publicación de esta resolución y la dictada el día 12 de enero en el tablón municipal de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia. 

Lo que se hace público al desconocerse el domicilio actual del interesado, para su conocimiento y efectos, significándole que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dictó la misma, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente notificación o bien recurso contencioso - administrativo, ante el Juzgado correspondiente de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

De igual forma, le comunico que contra el acto que resuelva el correspondiente recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. 

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. 

Baena, 29 de enero de 2010.-LA DELEGADA DE URBANISMO. P.D. decreto de la Alcaldía 16/06/07. Fdo: Mª Jesús Serrano Jiménez

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