Boletín nº 35 (24-02-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 1.161/2010
Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CORDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 158/2009 a instancia de la parte actora D. ANTONIO GARCIA CORTES contra INSS, TGSS, K7 CONTROLADORES Y SERVICIOS PORFESIONALES S.L. y MUTUA REDDISMATT sobre Seguridad Social se ha dictado RESOLUCION de fecha 3-2-10 del tenor literal siguiente:
F A L L O
Que desestimando la demanda formulada por D. Antonio García Cortés, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la mutua Activa Mutua 2008 y la empresa K7 Controladores y Servicios Profesionales, debo absolver y absuelvo libremente a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra, sin que haya lugar a declarar al actor en situación de incapacidad permanente en ningún grado.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro del término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado.
Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado INSS, TGSS, K7 CONTROLADORES Y SERVICIOS PORFESIONALES S.L. y MUTUA REDDISMATT actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 3 de febrero de 2010.-LA SECRETARIA JUDICIAL, Fd. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.