Boletín nº 35 (24-02-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 4
Córdoba

Nº. 1.183/2010

DÑA. CARMEN DE TROYA CALATAYUD SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 4 DE CORDOBA, DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio de Faltas nº 178/2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

" S E N T E N C I A NUM: 60.  

En la ciudad de Córdoba, a 02 de febrero de 2010.

El Sr. D. José Luis Rodríguez Lainz, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción número 4 de los de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal de Faltas, seguido bajo el número 178/2.009, sobre , en los que son parte el Ministerio Fiscal, y como denunciante/s D. ALEJANDRO CABRERA CABRERA ; y como denunciado/s Dª. CATIA MARIELL RODRÍGUEZ MENDOZA.

F A L L O

Que debo absolver y absuelvo libremente a Dª. CATIA MARIELL RODRÍGUEZ MENDOZA de los hechos que se le/s imputan en esta causa, con declaración de oficio de las costas causadas en esta instancia, con expresa reserva de acciones civiles.

Publíquese la sentencia, llevándose el original al Libro de sentencias y dejando testimonio literal en las presentes actuaciones, la cual se notificará a las partes instruyéndoles de que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, el cual deberá interponerse mediante escrito motivado en la forma a que se refiere el art. 976.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el improrrogable término de cinco días, a contar desde la fecha de notificación de la sentencia.

Firme que sea la anterior resolución, remítase nota de dictado de sentencia absolutoria al Registro Central para la protección de las víctimas de la violencia Doméstica, conforme al modelo normalizado contenido en el Anexo II del RD. 355/2004, de 5 de marzo, al objeto de que se proceda a la cancelación de los datos anotados en el procedimiento penal de referencia.

Una vez firme la presente resolución, de conformidad con lo establecido en los arts. Segundo y Sexto de la Instrucción 3/2003, de 9 de abril, del Pleno del CGPJ, remítase testimonio de la misma al Decanato de los Juzgados de Córdoba, a los efectos de causar el oportuno registro en el Registro Informático de Violencia Doméstica ."

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a CATIA MARIELL RODRIGUEZ MENDOZA, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Córdoba, expido la presente

En Córdoba a 3 de febrero de 2010.-La Secretaria, Carmen de Troya Calatayud.

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