Boletín nº 36 (25-02-2010)
III. Junta de Andalucia
Consejería de
Obras Publicas y Transportes
Delegación Provincial
Córdoba, Junta Arbitral de transportes
Nº. 1.188/2010
Que la Junta Arbitral del Transporte celebró sesión el día 10/11/2009 para conocer de la reclamación formulada por FRANCISCO JAVIER DÍAZ ÁGUILA contra GENERAL DE DISTRIBUCIÓN MONTILLA SL por impago de portes, dictando el siguiente LAUDO
Expte. CO - 121 /2009 - JAT: Declarar la procedencia de la reclamación, fijándose en 5807,5 euros la cantidad que GENERAL DE DISTRIBUCIÓN MONTILLA SL debe abonar a FRANCISCO JAVIER DÍAZ ÁGUILA , en concepto de pago de portes.
El punto 8 del art. 9 del Real Decreto 1211/1990 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, dispone que los Laudos tendrán los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, cabiendo contra ellos recurso de anulación y de revisión por las causas especificas previstas en ésta. Transcurridos veinte días desde que fuera dictado el laudo podrá obtenerse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, siendo en tal caso aplicables, así mismo, las previsiones de la legislación general de arbitraje.
EL PRESIDENTE , Fdo.: José María Lora Cerezo