Boletín nº 39 (03-03-2010)

I. Administración General del Estado

Ministerio de Política Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 1.453/2010

Intentada la notificación en el último domicilio conocido del ciudadano/a extranjero/a Imad Acherifi, nacional de Marruecos, con NIE X-7090001K, y nº de expte. 149920090001014 sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero. La Resolución y la correspondiente tasa obran en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba.

El objeto de la notificación es una Resolución de la Oficina de Extranjeros que copiada literalmente dice lo siguiente:

«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y 71 y siguientes del Reglamento de la citada Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, el Subdelegado del Gobierno en Córdoba, en virtud de las competencias que le son atribuidas por la Disposición adicional primera del Real Decreto indicado, Resuelve Conceder renovación de autorización de residencia permanente de Validez: 11/10/2014 .

Expedición de Tarjeta de Identidad de Extranjero

Según establece el Apartado 6 del artículo 73 del RD. 2393/2004 el extranjero deberá solicitar personalmente en la Comisaría de Policía correspondiente, la tarjeta de identidad, para lo cual deberá esperar la oportuna citación de dicho Organismo, aportando la presente resolución, el pasaporte y dos fotografías tamaño carné.

TASAS

Conforme establece la Orden PRE/3654/2007, de 14 de diciembre, deberá ingresar en el Tesoro Público las cantidades que se indican a continuación a través de las entidades colaboradoras de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.), correspondientes a la tasa por expedición de la autorización de residencia. Se adjunta a tal efecto el impreso de autoliquidación (modelo 790), debiendo remitirse a este Centro el ejemplar para la Administración en el plazo de Quince Dias desde la fecha de efectuarse el pago.

" Tasa por Expedición de Autorización de Residencia: 20,40 €

Se recuerda que, según lo dispuesto en el apartado Tercero. 4 de la Orden PRE/3654/2007 citada, el período de pago voluntario para el abono de la tasa es de Un Mes desde la notificación de la concesión de la autorización administrativa. El vencimiento del plazo indicado determinará el inicio del período ejecutivo. Se entiende como fecha de notificación la de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

RECURSOS

Esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer, de conformidad con lo establecido en la disposición décima del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, un recurso de alzada ante este Órgano o ante el Delegado del Gobierno en Andalucía, de acuerdo con los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de Un Mes, contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución y prorrogándose al primer día hábil siguiente, cuando sea inhábil.

En Córdoba, a 14 de enero de 2010. El Subdelegado del Gobierno. Jesús María Ruiz García. El Secretario General, José Antonio Caballero León.

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