Boletín nº 39 (03-03-2010)

I. Administración General del Estado

Ministerio de Política Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Nº. 1.454/2010

Intentada la notificación en el último domicilio conocido de la Resolución de Denegación de la Autorización de Residencia Temporal y Trabajo C/A Inicial, relativa a la solicitud formulada por el/la ciudadano/a extranjero/a Juan Adolfo Saavedra Romero, nacional de Ecuador, con NIE X-5118095C, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y en la Orden PRE/140/2005, de 2 de febrero, esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de las competencias que le son atribuidas por la Disposición Adicional Primera del Real Decreto indicado, Resuelva:

Denegar la Autorización Residencia Temporal y Trabajo C/A Inicial al concurrir los motivos que se exponen:

De conformidad con el art. 53, apartados a) y c) se denegarán las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena:

  1. Al extranjero le constan antecedentes penales en vigor, según el Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes, al haber sido condenado por Sentencia de fecha 29.03.2006

  2. El empleador solicitante ha sido sancionado mediante Resolución firme de 26.07.2009, por infracción calificada muy grave.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Subdelegación del Gobierno en el plazo de Un Mes, siendo también de un mes el plazo máximo para resolver, transcurrido el cual se entenderá desestimado, o bien podrá interponer recurso contencioso administrativo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. En ambos casos, el plazo para recurrir se contará desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución.

Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

En Córdoba, a 30 de noviembre de 2009.- El Subdelegado del Gobierno, Jesús María Ruiz García.- El Secretario General, José Antonio Caballero León. 

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