Boletín nº 42 (08-03-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 6
Córdoba

Nº. 1.644/2010

Dña. María Aranzazu Calles Robles, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 6 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 338/2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

SENTENCIA nº 217/09

En Córdoba, a treinta de diciembre de dos mil nueve.

D./Dña Armando García Carrasco, Magistrado de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Pública la presente cusa J. Faltas 338/2008, seguida por una falta hurto contra José Luis García Rodríguez; habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y demás partes personadas. Compareciendo los denunciantes por si solos y no compareció el denunciado.

FALLO

Que debo de condenar como condeno a José Luis García Rodríguez, como autor responsable de una falta de Hurto a la pena de 30 días de multa con una cuota diaria de 5 euros, con arresto sustitutorio de 1 día por cada 2 cuotas insatisfechas, y al pago de las costas.

La presente resolución no es firma y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para la ante Iltma. Audiencia Provincial de Córdoba en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a José Luis García Rodríguez, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, expido la presente

En Córdoba, a 12 de enero de 2010.- La Secretario, María Aranzazu Calles robles.

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