Boletín nº 43 (09-03-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Baena
Nº. 1.657/2010
A los efectos previstos por la Ley 30/1992, de 6 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículos 59.1, 60 y 61, se publica acuerdo de iniciación de expediente sancionador, referido a los expedientes que siguen:
En la Jefatura de la Policía Local de Baena podrán ser examinados los expedientes, pudiendo alegar por escrito lo que estimen oportuno, con aportación o proposición de las pruebas que consideren, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Baena, a 15 de febrero de 2010.- El Alcalde, firma ilegible.