Boletín nº 60 (05-04-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Jaen

Nº. 2.696/2010

D. Miguel Ángel Rivas Carrascosa, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 812/2009 a instancia de la parte actora Dª Inmaculada Lechuga Pérez contra Dumadoja 2007 SL sobre Despido objetivo individual se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente: Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Doña Inmaculada Lechuga Pérez contra empresa Dumadoja 2007 S.L. en reclamación por despido reconociendo la improcedencia del despido del que ha sido objeto la actora y debo condenar a la empresa demandada a que a su opción, en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, readmita al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o a que se le abone una indemnización de 87,60 euros, y en uno y otro caso, abone a la actora los salarios de tramitación a razón de 27,33 euros diarios desde la fecha de despido 28.10.09, hasta la fecha de notificación de la presente resolución, o hasta que haya encontrado otro empleo, si tal colocación es anterior a esta sentencia y se prueba por el empresario lo percibido para su descuento de los salarios de tramitación.

Con absolución de FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en plazo de cinco días a contar a partir del siguiente a la notificación de la presente, para la Sala de lo Social del T.S.J.A. con sede en Granada, haciendo saber a la parte condenada que, caso de recurrir, habrá de consignar en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta en Banesto de esta capital con el numero 20900000300812/09 el importe total de la condena y en la cuenta corriente 20900000900812/09 la suma de 150,25 euros como depósito especial para recurrir.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Dumadoja 2007 SL actualmente en paradero desconocido, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 2 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial, Miguel Ángel Rivas Carrascosa.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad