Boletín nº 61 (06-04-2010)

VI. Administración de Justicia

Baena
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único

Nº. 2.737/2010

D./DÑA. ANA MARIA RAMOS VALVERDE SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN UNICO DE BAENA, DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio de Faltas nº 175/2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En BAENA a nueva de diciembre de dos mil nueve.

Vistos por mí, FRANCISCO MANUEL QUESADA COBO, JUEZ del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN UNICO DE BAENA, los presentes Autos de J.FALTAS INMEDIATO nº 175/2009 en los que han sido partes Don Adrián Didu y Don Grzegorz Andrzej Zygarlicki, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia. 

FALLO 

Que debo absolver y absuelvo a Don Grzegorz Andrzej Zygarlicki de la falta por la que había sido denunciado, declarando las costas de oficio. 

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado. 

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de CORDOBA en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. 

PUBLICACION.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en BAENA a nueve de diciembre de dos mil nueve, de lo que yo el Secretario doy fe. 

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a GRZEGORZ ANDRZEJ ZYGARLICKI, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Baena a 8 de marzo de 2010.- La Secretario, Ana María Ramos Valverde.

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