Boletín nº 61 (06-04-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 2.802/2010

El Acuerdo de aprobación definitiva en su parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente: 

12. APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ESTUDIO DE DETALLE UA-2.- 

ACUERDO:

PRIMERO: Aprobar definitivamente la Modificación del Estudio de Detalle de la Unidad de Actuación nº 2.

SEGUNDO: Depositar este Estudio de Detalle en el Registro administrativo municipal y posteriormente publicar este acuerdo, así como el contenido normativo de este instrumento urbanístico en el Boletín Oficial de la Provincia, con indicación de haberse procedido previamente a su inscripción en el mencionado registro.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al promotor, significándole que contra el mismo, por su naturaleza de disposición administrativa de carácter general (artículo 107.3 de la Ley 4/1999, de 13 de enero y artículo 22.4 del Decreto 199/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo), podrá interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación del mismo, o, en su caso, publicación de la disposición, Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, sin perjuicio de que pudiera ejercitar, en su caso, cualquier otro Recurso que estime procedente.

CUARTO: Dar traslado de este acuerdo al Registro de la Propiedad en cuanto el documento aprobado pudiera afectar a la descripción de las fincas registrales nº 23.919 Parcela nº 4 del Proyecto de Compensación UA-2 y nº 23.925 Calle F) del mismo.

Asimismo, de conformidad con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, aún cuando el documento Técnico no contiene Ordenanzas Urbanísticas se publican los objetivos y criterios de la Ordenación que con el mismo se aprobó:

5.1.- OBJETIVOS Y CRITERIOS DE LA ORDENACIÓN

El objetivo de la Ordenación es aumentar la superficie de la manzana P-4 en 34,46 m 2 , sin que por ello se aumente la Edificabilidad, así como la alineación marcada para la edificación en el Estudio de Detalle.

El motivo de la presente reordenación es la necesidad funcional del edificio, destinado a los Juzgados, que se va a realizar sobre la citada parcela.

Ordenación proyectada:

1º.- Para conseguir la superficie de la manzana se reduce el viario de la calle F y por ello la ocupación de la P-4 pasa del 100% al 81,80%.

Una vez realizada la modificación el cuadro de superficies quedaría como sigue:

PARCELA

SUPERFICIE

USO

USO

m 2 techo

m 2 techo

m 2 techo

m 2 techo

m 2 techo

 

P. BAJA

1ª2ª3ª cubt

P. BAJA

1ª2ª3ª cubt

comercial

residencial

total

1

878,47

Comercial

Residencial

878,47

2.407,67

878,47

2.407,67

3.286,14

2

867,47

Comercial

Residencial

867,47

2.377,27

867,47

2.377,27

3.244,74

3

883,49

Comercial

Residencial

883,49

2.421,22

883,49

2.421,22

3.304,71

4

489,00

Comercial

Comercial

400,00

1.217,90

1.617,90

0,00

1.617,90

5

1.835,11

Comercial

Residencial

943,34

5.648,53

943,34

5.648,53

6.591,87

6

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