Boletín nº 62 (07-04-2010)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Servicio de Planificación
Córdoba

Nº. 1.781/2010

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 3 MW, EN LA FINCA EL MONTÓN DE LA TIERRA DEL POLÍGONO 76, PARCELA 47, DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CÓRDOBA, (9.4 // 11-08)

El Excmo. Ayuntamiento en Sesiones Plenarias celebradas los días 3 de diciembre del 2009 de aprobación del proyecto y 14 de enero del 2.010, de rectificación de error del punto tercero del Acuerdo anterior, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero; Aprobar el Proyecto de Actuación de instalación solar fotovoltaica de 3MW., en la finca El Montón de la Tierra del polígono76, parcela 47, del término municipal de Córdoba, promovido por la Sociedad Gestora Sunrural Project. S.L.

Segundo; Publicar la resolución en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de conformidad con lo previsto en el artículo 43.1.f de la LOUA y comunicar el acuerdo de resolución del expediente conforme a lo previsto en el artículo 43.1.e y f de la LOUA a la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Tercero El propietario queda exonerado de constituir garantía por importe de 10% de la inversión conforme a lo dispuesto en el art. 52.4 párrafo 1º de la LOU en aplicación del artículo 12.4 de la Ley 2/2007 de 27 de marzo, asimismo deberá abonar la prestación compensatoria por importe del 5% del importe total de la inversión con exclusión de maquinarias y equipos que se devengará con motivo del otorgamiento de la preceptiva licencia urbanística, sin perjuicio de las posibles bonificaciones, aplazamientos o fraccionamientos que pudieran resultar de aplicación conforme a la Ordenanza Municipal reguladora de prestación económica por el uso y aprovechamiento del suelo no urbanizable, conforme a las determinaciones del art. 52.5 de la L.O.U.A.

Cuarto; La actuación para la que ahora se solicita la pertinente autorización tendrá la duración de 35 años. Transcurrido dicho plazo cesará la vigencia de dicha cualificación, a no ser que sea objeto de renovación.

Quinto; Advertir al promotor que deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con lo regulado en el art. 45.5 D.c. de la LOUA, debiendo asegurar la vinculación de la superficie a la actividad prevista del total de la parcela, conforme en el art. 67.d) de la LOUA, así como la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable, especialmente en protección ambiental.

En Córdoba, 8 de febrero de 2010.- El Gerente, Francisco Paniagua Merchan.

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