Boletín nº 67 (14-04-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 3.068/2010

La Sra. Delegada de Urbanismo mediante Decreto de fecha 11 de febrero de 2010, ha dictado la siguiente resolución que transcribo literalmente:

DECRETO

Por la denuncia formulada por Doña Carmen Cañero Rojano y otros de fecha 8 de septiembre de 2009, se puso en conocimiento de esta Alcaldía las malas condiciones de seguridad y ornato público que presentaba el corralón con acceso por C/ Arquitecto Mateo Gaya, localizándose degradación en la fachada posterior por C/ Agustín Valverde de esta localidad , propiedad de Don Rafael Trujillo Martínez, D. Antonio Trujillo Martínez y Dña Marta Victoria Díaz Rodríguez, según nota simple del Registro de la Propiedad.

Por providencia de fecha 18 de septiembre de 2008, se ordenó a los Servicios Técnicos municipales conforme a lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 30/1992 de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, se emitiera informe al objeto de comprobar la realidad de los hechos denunciados, y caso de ser ciertos, se determinase si los mismos afectaban a las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato del inmueble denunciado así como las obras y medidas necesarias para subsanarlas, su presupuesto y plazo de ejecución. Informe que ha sido emitido con fecha 9 de noviembre de 2009.

A la vista de lo expuesto, esta Alcaldía en el ejercicio de la competencia que le atribuyen los artículos 21.1.s) y 124.4 ñ) de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local he resuelto:

Primero . Iniciar expediente sobre eventual orden de ejecución por razón de seguridad y ornato público en relación al corralón con acceso por C/ Arquitecto Mateo Gaya, localizándose degradación en la fachada posterior por C/ Agustín Valverde de esta localidad , propiedad de Dña Marta Victoria Díaz Rodríguez, Herederos de Don Rafael Trujillo Martínez y Herederos de D. Antonio Trujillo Martínez.

Segundo . Incorporar como parte integrante del expediente el informe de fecha 9 de noviembre de 2009 emitido por los Servicios Técnicos municipales.

Tercero : Conceder al interesado un plazo de 10 días, a contar a partir del siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la presente, para que aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime conveniente.

Cuarto: Notificar la presente resolución a Dña. Marta Victoria Díaz Rodríguez debiendo procederse a la publicación de esta resolución en el tablón municipal de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, al desconocerse los herederos de D. Rafael y D. Antonio Trujillo Martínez.

Quinto : Dar traslado de la misma al denunciante a los efectos oportunos.

Por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, por el presente se le pone en el mismo MANIFIESTO el indicado expediente por plazo de 10 días , al objeto de que en su condición de interesado en el mismo pueda alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes en defensa de su derecho, significándole que a los efectos indicados el expediente completo se encuentra a su disposición en las Dependencias del Negociado de Urbanismo.

Lo que se hace público al desconocerse los interesados, para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que la presente resolución no agota la vía administrativa por tratarse de un acto de trámite y contra el mismo no procede interponer recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto 107.1 de la Ley 30/1992 de 30 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.

En Baena, 11 de febrero de 2010.- La Delegada De Urbanismo, P.D. decreto de la Alcaldía 16/06/07, Mª Jesús Serrano Jiménez.

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