Boletín nº 67 (14-04-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 5
Córdoba

Nº. 3.075/2010

D./Dña. diego Díaz Delgado Secretario del Juzgado de Instrucción Número 5 de Córdoba

Doy Fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 311/09 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Córdoba, a 7-1-2010.

D. Antonio Rodríguez Moyano, Magistrado-Juez de Instrucción número cinco de los de esta Capital y de su Partido Judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas 311/09, seguida por una falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por Antonio Jurado Morales, contra José Salvador del Rio Fraga;

FALLO

Que debo absolver y absuelvo a Jose Salvador del Rio Fraga de la denuncia formulada, declarando de oficio las costas del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el art. 221 de la L.E.Cr., autorizado con firma de Letrado, ante este Juzgado del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firme y ejecutoria.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de sentencia a Jose´Salvador del Rio Fraga, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Córdoba, expido la presente

En Córdoba, a 18 de marzo de 2010.- El/La Secretario Diego Díaz Delgado. 

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