Boletín nº 69 (16-04-2010)
III. Junta de Andalucia
Consejería de
obras Públicas y Transportes
Delegación Provincial
Junta Arbitral de Transportes
Córdoba
Nº. 3.241/2010
Que la Junta Arbitral del Transporte celebró sesión el día 03/11/2009 para conocer de la reclamación formulada por DOMINGO CARMONA HUERTES contra RECICLADOS ESPINOSA SL por impago de portes, dictando el siguiente LAUDO
Expte. CO - 69 /2009 - JAT: Declarar la procedencia de la reclamación, fijándose en 1380 euros la cantidad que RECICLADOS ESPINOSA SL debe abonar a DOMINGO CARMONA HUERTES , en concepto de pago de portes.
El punto 8 del art. 9 del Real Decreto 1211/1990 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, dispone que los Laudos tendrán los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, cabiendo contra ellos recurso de anulación y de revisión por las causas especificas previstas en ésta. Transcurridos veinte días desde que fuera dictado el laudo podrá obtenerse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, siendo en tal caso aplicables, así mismo, las previsiones de la legislación general de arbitraje.
Córdoba, 22 de marzo de 2010.- EL PRESIDENTE, José María Lora Cerezo.