Boletín nº 69 (16-04-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 3.277/2010

Don Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba. hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 216/2009 a instancia de la parte actora D/Dª. Manuel Blázquez Calvo y Mª Pilar Rodríguez Pérez contra Motoliquidacion S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

AUTO

En Córdoba, a veintitrés de marzo de dos mil diez.

PARTE DISPOSITIVA

Declarar al ejecutado Motoliquidacion S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 1.137'12 euros más 113'71 euros de interés de demora a Dª Pilar Rodríguez Pérez, y 4.093'79 euros más 409'37 euros de interés de demora a Dª Manuela Blázquez Calvo en concepto de principal, más la de 1150 euros calculadas para intereses y costas y gastos sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndose a la entidad ejecutada por medio de edicto en BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de Cinco Días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº 1444/0000/64/0216/09, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Luis de Arcos Pérez, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba.

El Magistrado.

Y para que sirva de notificación al demandado Motoliquidacion S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 23 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial, Manuel Miguel García Suárez.

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