Boletín nº 72 (21-04-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa
Delegación Provincial
Córdoba

Nº. 3.249/2010

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL EN CÓRDOBA DE LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y APROBACIÓN DE PROYECTO DE INSTALACIÓN ELECTRICA  DE ALTA TENSIÓN. (Expte: AT  266/08)

ANTECEDENTES:

PRIMERO: El Excelentísimo Ayuntamiento de Hinojosa del Duque, solicita ante esta Delegación Provincial la Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto denominado:  Electrificación rural para varias parcelas en el paraje "Las Patudas" del término municipal de Hinojosa del Duque (Córdoba). 

SEGUNDO: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el título VII, Capítulo II  del Real Decreto mil novecientos cincuenta y cinco de dos mil, de uno de diciembre, por el que se regulan alas actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley cincuenta y cuatro de mil novecientos noventa y siete, de veintisiete de noviembre del sector Eléctrico. 

TERCERO: La Delegación Provincial de Medio Ambiente ha emitido Informe Ambiental favorable de acuerdo con el Decreto 153/96 de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Informe Ambiental, de fecha 21 de mayo de 2004.  

CUARTO:  Por el Departamento de Energía de esta Delegación Provincial, ha sido emitido informe favorable, referente a la Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto anteriormente  citado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO  

ÚNICO: Esta Delegación Provincial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decretos del Presidente nº 10/2008 de 19 de abril, de la Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y nº 117/2008, de 29 de abril, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas. 

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, PROPONE: 

Conceder  la Autorización Administrativa y Aprobación del proyecto a  Excelentísimo Ayuntamiento de Hinojosa del Duque, para la construcción de las instalaciones incluidas en el proyecto, cuyas principales características se describen a continuación: 

Línea eléctrica.

Origen: Apoyo A549667 de Línea Candelaria

Final: Centros de transformación.

Términos municipales: Valsequillo e Hinojosa del Duque

Tipo: Subterránea

Tensión de Servicio: 20 kV

Longitud en Km.: 6,860

Conductores: LA-56 

Cuatro c entros de transformación.

Emplazamiento: Paraje "Las Patuas"

Término municipal: Hinojosa del Duque (Córdoba)

Tipo: Intemperie

Relación de transformación: 20.000/400-230 V.

Potencia (kVA): CT-1 (25), CT-2 (100), CT-3 (50) y CT-4 (50).                                                                                             

Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes: 

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen. 

2. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la presente resolución. 

3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.  

4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y Resolución de Puesta en Servicio. Se adjuntará a la solicitud certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente. 

5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en concreto las señaladas en el Informe Ambiental favorable emitido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente, que a continuación se indican: 

- La actuación proyectada deberá respetar la Vía Pecuaria "Vereda de la Senda de la Plata", de 20,89 m de anchura legal.

- Para la ejecución de la línea no podrán realizarse obras auxiliares tales como caminos, ni se afectará a la vegetación.

- Se deberán seguir en la ejecución de la línea, tal como contempla en la documentación aportada, las prescripciones establecidas en el Decreto 194/90, de 19 de junio, por la que se establecen normas de protección de la Avifauna para las instalaciones eléctricas de alta tensión con conductores aislados. 

6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. 

7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes. 

PROPUESTO:                          

El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas.

Manuel  Ángel López Rodríguez 

Vista la anterior PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, esta DELEGACIÓN PROVINCIAL RESUELVE ELEVARLA A DEFINITIVA:

De acuerdo con el artículo 128.3 del  Real Decreto 1955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notifícarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación Ciencia y Empresa, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes  de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común antes citada. 

RESUELVE:                             

Córdoba 19 de marzo de 2010.-La Directora General de Industria, Energía y Minas. (P.D. Resolución de 23 de febrero de 2005).-La Delegada Provincial, María Sol Calzado García.

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