Boletín nº 77 (28-04-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.604/2010

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CORDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1127/2009 a instancia de la parte actora D/Dª. RAFAEL MORENO BENAVENTE, FRANCISCO REYES JIMENEZ, FRANCISCO LUCENA RIOS y ANDRES PAVON ARCOS contra BUYO S.A. sobre Social Ordinario se ha dictado RESOLUCION de fecha 6-4-10 del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por D. Rafael Moreno Benavente, D. Francisco Reyes Jiménez, D. Francisco Lucena Ríos y D. Andrés Pavón Arcos, contra la empresa Buyo, S.A., debo condenar y condeno a la demandada a que abone a los actores las siguientes cantidades:

a) D. Rafael Moreno Benavente, por el periodo de noviembre de 2008 a junio de 2009, incluida liquidación, 12.981,22 euros.

b) D. Francisco Reyes Jiménez, por el periodo de noviembre de 2008 a junio de 2009, incluida liquidación, 15.583,07 euros.

c) D. Francisco Lucena Ríos, por el periodo de septiembre de 2008 a julio de 2009, incluida liquidación, 21.522,97 euros.

d) D. Andrés Pavón Arcos, por el periodo de septiembre de 2008 a julio de 2009, incluida liquidación, 23.439,65 euros.

Dichas sumas se incrementarán con el interés de demora del 10%.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de CINCO DIAS hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/65/ (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 150,25 euros.

Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado BUYO S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 6 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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