Boletín nº 78 (29-04-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Bujalance
Nº. 3.853/2010
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 25 de marzo de 2010, acordó aprobar inicialmente el establecimiento y regulación del Servicio Municipal de Transporte Urbano Colectivo de Viajeros, así como el Reglamento General de dicho Servicio, sometiendo el mismo a información pública por plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, hoja web municipal y tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que en dicho plazo toda persona que se considere afectada pueda realizar las alegaciones o reclamaciones que estime convenientes, estableciéndose, conforme a lo dispuesto en el art. 49 in fine de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local, que en el caso que no se presente ninguna reclamación o sugerencia durante dicho plazo se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo hasta entonces provisional.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Bujalance, a doce de abril de 2010.- El Alcalde, Rafael Cañete Marfil.