Boletín nº 82 (05-05-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 3.890/2010

LA SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CORDOBA, HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 22/2010 dimanante de los autos núm. 878/2009 , sobre Ejecución de títulos judiciales R/ Cantidad, a instancia de BEATRIZ BUSTOS FERNANDEZ contra GPA IBERIA PUBLICAC 2004 S.L., en la que con fecha 31-03-2010 se ha dictado Auto cuya parte dispositiva sustancialmente dice lo siguiente:

""S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia contra la empresa G.P.A. IBERIA PUBLICAC 2004 S.L. por la suma de 2.413,07 euros en concepto de principal, más la de 144,78 euros de intereses y 241,31 euros presupuestados provisionalmente para gastos y costas del procedimiento y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de DIEZ DIAS insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la empresa G.P.A. IBERIA PUBLICAC 2004 S.L. a través del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba por encontrarse en paradero desconocida, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Arturo Vicente Rueda, Magistrado del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CORDOBA. Doy fe.

El Magistrado. LA SECRETARIA.

Fdo.: Arturo Vicente Rueda.- Marina Meléndez-Valdés Múñoz.- Rubricados."".

Y para que sirva de notificación en forma a GPA IBERIA PUBLICAC 2004 S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Córdoba a 31 de marzo de 2010.- LA SECRETARIA JUDICIAL, Marina Meléndez-Valdés Múñoz.

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