Boletín nº 83 (06-05-2010)

I. Administración General del Estado

Ministerio de Politica Territorial
Subdelegación del Gobierno en Córdoba
Secretaría General

Nº. 3.924/2010

Intentada la notificación en el último domicilio conocido de la Resolución de Denegación de la Prórroga de Estancia, relativa a la solicitud formulada por el ciudadano extranjero Juan Bautista Porras Arguedas, nacional de Canadá, con NIE X-9406168L, sin que haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.

El objeto de la notificación es un escrito de la Oficina de Extranjeros que copiado literalmente dice lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 de la Ley Orgánica 4/200, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y 29 y 30 del Real decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley Orgánica, esta Subdelegación del Gobierno, en virtud de las competencias que le son atribuidas en el artículo 29.4 del Real Decreto indicado, RESUELVE:

DENEGAR autorización para la prórroga de estancia sin visado al concurrir los motivos que se exponen:

- El extranjero no acredita la concurrencia de razones excepcionales, conforme a lo establecido en el artículo 29.2.b) del Real Decreto 2393/2004.

Asimismo, se advierte a el/la extranjero/a que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.3.c de la Ley Orgánica 4/2000 citada, en relación con el artículo 29.6 del Real Decreto 2393/2004, deberá abandonar el territorio español antes de que finalice el periodo de estancia inicial o, de haberse transcurrido éste, en el plazo máximo de setenta y dos horas, contados a partir del día siguiente a de la notificación de la presente Resolución.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición, ante esta Subdelegación del Gobierno en el plazo de un mes, siendo también de un mes el plazo máximo para resolver, transcurrido el cual se entenderá desestimado, o bien podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Córdoba, de conformidad con lo dispuesto en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. En ambos casos, el plazo para recurrir se contará desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente Resolución.

Se entiende como fecha de notificación la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 20 de enero de 2010.-El Subdelegado del Gobierno, Jesús María Ruiz García.-El Secretario General, José Antonio Caballero León.

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