Boletín nº 86 (11-05-2010)
III. Junta de Andalucia
Consejería de
obras Públicas y Transportes
Delegación Provincial
Junta Arbitral de Transportes
Córdoba
Nº. 4.205/2010
Intentada sin efecto notificación de Laudo a la entidad Prodisa 2000 SA , que tenia su anterior domicilio en Ctra. Lorca-Baza Km 63 / 04800 - Albox / Almería, se publica el presente Edicto a los efectos establecidos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992:
Que la Junta Arbitral del Transporte celebró sesión el día 04/03/2010 para conocer de la reclamación formulada por Linatrans SCA contra Prodisa 2000 SA por impago de portes, dictando el siguiente Laudo
Expte. CO - 157 /2009 - JAT: Declarar la procedencia de la reclamación, fijándose en 2668 euros la cantidad que Prodisa 2000 SA debe abonar a Linatrans SCA, en concepto de pago de portes.
El punto 8 del art. 9 del Real Decreto 1211/1990 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, dispone que los Laudos tendrán los efectos previstos en la legislación general de arbitraje, cabiendo contra ellos recurso de anulación y de revisión por las causas especificas previstas en ésta. Transcurridos veinte días desde que fuera dictado el laudo podrá obtenerse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, siendo en tal caso aplicables, así mismo, las previsiones de la legislación general de arbitraje.
Córdoba 15 de abril de 2010.-El Presidente, José María Lora Cerezo.