Boletín nº 86 (11-05-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Añora
Nº. 4.269/2010
Si durante el plazo de información pública antes referido no se pusieran reclamaciones, el acuerdo inicialmente aprobado será elevado a definitivo entrando en vigor tras la publicación del texto íntegro de los artículos modificados de dichas ordenanzas en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Añora a 20 de abril de 2010.- El Alcalde, firma ilegible.