Boletín nº 94 (21-05-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo
Delegacíón Provincial
Sección de Relaciones Colectivas
Córdoba

Nº. 4.777/2010

Vista el Acta de Constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Consorcio de Turismo de Córdoba, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

A C U E R D A

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Córdoba, 30 de abril de 2010.-El Delegado Provincial de Empleo, Antonio Fernández Ramírez.

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL CONSORCIO DE TURISMO DE CÓRDOBA.

ASISTENTES:

POR EL CONSORCIO DE TURISMO DE CÓRDOBA:

Dª. Rosa Candelario Ruiz.

D. Vicente Carmona Ávila

D. Federico Rodríguez Ardila.

Asesor:

D. Antonio Arroyo Díaz.  

POR UGT:  

Dª. Pilar Castro Ramos.  

Asesora:

Dª. Lourdes Muñoz- Torrero Núñez-Milara.

En Córdoba, siendo las trece horas del día veinte de abril de dos mil diez, se reúnen, relacionados al margen, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Consorcio de Turismo de Córdoba, en el domicilio social del mismo, sito en C/ Rey Heredia, 30 (Córdoba).

Abierta la sesión, en primer lugar se procede a la presentación de los miembros de la comisión negociadora, manifestándose recíprocamente el reconocimiento de la representatividad ostentada por todas las partes que las capacita para negociar el convenio colectivo de empresa.

Ambas partes muestran su disposición a negociar de buena fe el convenio del sector con la mayor celeridad posible.

Actuará de Secretario de las reuniones de negociación D. Antonio Arroyo Díaz.

Igualmente se acuerda que las reuniones se mantendrán con una periodicidad quincenal, a ser posible los viernes de la semana que corresponda.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las trece treinta horas del día arriba indicado

Por el Consorcio de Turismo de Córdoba.-Por UGT.-Firmas ilegibles.

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