Boletín nº 94 (21-05-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Empleo
Delegacíón Provincial
Sección de Relaciones Colectivas
Córdoba

Nº. 4.778/2010

Visto el Texto de los Acuerdos adoptados el día 14 de abril de 2010, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Transporte de Mercancías por Carretera, por los que una vez conocido el IPC real del año 2009, se aprueban las tablas salariales definitivas de dicho ejercicio 2009 y se retrotraen sus efectos al 1 de enero de dicho año, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

A C U E R D A

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Córdoba, 28 de abril de 2010.-El Delegado Provincial de Empleo, Antonio Fernández Ramírez.

ACTA DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRANSPORTES DE MERCANCÍAS POR CARRETERA DE CÓRDOBA.

ASISTENTES:

POR ATRANSMERCO:

D. José Blanco Urbano.

Asesor:

D. Antonio Arroyo Díaz.

POR CC.OO.

D. Juan Manuel Mena Pérez

D. Juan Illescas Muñoz.

POR UGT.

D. Joaquín Romero Santos.

D. Manuel Sanchez García

En Córdoba siendo las trece horas del día 14 de abril del año 2010, se reúnen los señores relacionados, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Transportes de Mercancías por Carretera de Córdoba, en el domicilio social de la Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO), al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el texto del Convenio Colectivo.

Abierta la sesión se da a conocer a los reunidos el IPC publicado por el INE correspondiente al pasado año 2009, consistente en un 0,8%, acordándose seguidamente lo siguiente:

Primero. Efectuar una revisión de todos los conceptos económicos contemplados en el texto del Convenio Colectivo correspondiente al año 2009, consistente en un 0,8% puesto que para la vigencia del Convenio Colectivo (de 1 de enero de 2009 a 31 de diciembre de 2009), una vez se conociera el Índice de Precios al Consumo (IPC) correspondiente al año 2009, establecido por el INE, con efecto retroactivo a 1 de enero de 2009, si este fuese positivo, se produciría un incremento de los valores económicos (fijados conforme a las tablas salariales definitivas del año 2008), excepto en aquellos para los que no se prevé expresamente su actualización, en el mismo porcentaje que el citado Índice.

Segundo. Que dicho incremento sea de aplicación desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2009. Se acompañan como anexo tablas salariales correspondientes al año 2009 incluyendo la revisión.

Tercero. Elevar a la Autoridad Laboral competente los acuerdos de revisión aprobados, así como las tablas salariales correspondientes, a los efectos de su homologación y publicación en el «BOLETÍN OFICIAL» de la Provincia.

Cuarto. Facultar a D. Juan Luís Luque Barona para que presente toda la documentación ante la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las catorce horas del día arriba indicado

POR ATRANSMERCO.-POR CCOO.-POR UGT.- Firmas ilegibles.

 

CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTES DE MERCANCÍAS POR CARRETERA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA  

TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS AÑO 2009

 

Grupo I. Personal Superior Técnico

Euros/mes

Director de Área o Departamento

1.082,37

Director o Delegado de Sucursal

1.082,37

Jefe de Servicio

1.082,37

Título de Grado Superior

1.037,31

Título de Grado Medio

943,92

Jefe de Sección

943,92

Jefe de Negociado

873,86

Jefe de Tráfico de Primera

867,57

Jefe de Tráfico de Segunda

857,05

Encargado General de Agencias de Transporte y de Almacenistas Distribuidores

857,05

Inspector-Visitador de empresas de mudanza

929,54

Jefe de Taller

978,83

Contramaestre o Encargado

875,59

Grupo II. Personal de Administración

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