Boletín nº 95 (24-05-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 4.813/2010

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Numero 3 de Córdoba. Hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 179/2009 a instancia de la parte actora D/Dª. Maria Del Carmen González Ortiz y Maria José Romero López contra Tiendas Geométrica S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 12/03/2010 del tenor literal siguiente:

Providencia Magistrado Juez Iltmo. Sr. Vicente Rueda

En Córdoba, a doce de marzo de dos mil diez.

Dada cuenta, los anteriores informes obrantes dichas actuaciones y, visto sus contenidos, procédase al embargo del crédito que el demandado Tiendas Geometría S.L. pudiera ostentar contra la Agencia Tributaria de la Delegación Provincial de Hacienda de Córdoba , así como los saldos existentes en las cuentas de Caja General de Ahorros de Granada, Bilbao Vizcaya Kutxa , Banco de Andalucía S.A. Banco Santander S.A. , Caja Rural de Córdoba Sociedad Cooperativa de Crédito y La Caixa de Barcelona suficiente a cubrir el principal, más intereses y costas reclamados en la presente ejecución, o, en su caso, cualquier otra cantidad que resulte inferior, transfiriéndola a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, a cuyo fin líbrense los correspondientes despachos. Y conforme al art. 54.3 de la L.P.L. demórese la notificación al demandado durante el tiempo indispensable para lograr efectividad.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que frente a la misma cabe interponer Recurso de Reposición , ante este Juzgado, en el plazo de Cinco Días , contados a partir de su notificación, advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá depositar el importe de 25 € en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/30/ (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2.009 de 3 de Noviembre. Y conforme al art. 54.3 de la L.P.L. demórese la notificación al demandado durante el tiempo indispensable para lograr efectividad. Lo mandó y firma S.Sª. Doy fe.-

El Magistrado-Juez. La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Tiendas Geométrica S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia , con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 30 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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