Boletín nº 101 (01-06-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Jaén

Nº. 5.100/2010

El/la Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 111/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de María Isabel Ramírez Bergara contra Honos Formación S.L., en la que con fecha 7/05/10 se ha dictado Auto y Decreto en cuya parte dispositiva dicen lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª. Iltma. DIJO: Se despacha ejecución a instancia de Dª María Isabel Ramírez Vergara, contra Honos Formación S.L. por la cantidad de 4.412,84 euros en concepto de principal, más la de 441,12 de intereses legales del 10% anual, más 450 euros calculadas para intereses y costas y gastos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto por escrito dentro del plazo de diez días siguientes al de su notificación, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D. Manuel Oteros Fernández, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO/JUEZ                            EL/LA SECRETARIO/A

PARTE DISPOSITIVA

Se Decreta, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 4.412,84 euros en concepto de principal, más la de 441,12 de intereses legales del 10% anual, más 450 euros calculados para intereses y costas, y no pudiéndose practicar diligencia de embargo al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo, sin perjuicio de la investigación de bienes de la ejecutada que habrá de efectuarse con el sistema informático de que dispone este órgano judicial.

Se decreta el embargo de las cantidades por las que resulte acreedora la parte demandada Honos Formación S.L. frente a la Agencia Estatal Tributaria, por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución, para cuya efectividad se librarán los despachos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo decreto y firmo D. José Ramón Rubia Martínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén. Doy fe.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en forma a Honos Formación S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Jaén a 7 de mayo de 2010.-El/La Secretario Judicial, firma ilegible.

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