Boletín nº 101 (01-06-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 2
Córdoba

Nº. 5.112/2010

D. Enrique de Juan López, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 2 de Córdoba. Doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas nº 268/2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: SENTENCIA Nº 20/10

En Córdoba, a veinte de enero de dos mil diez. Vistos por mí, José Yarza Sanz, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número dos de los de esta capital los presentes autos de Juicio de Faltas en los que han sido parte el Ministerio Fiscal, así como Mohamed Fadel El Kaddiri, de una parte, y, de otra, Antonio Vázquez de la Torre Clerico y David Martín Núñez, ya circunstanciadas en el presente procedimiento número 268/09, por lesiones.

FALLO

Que absuelvo a Antonio Vázquez de la Torre Clerico y David Martín Núñez de las imputaciones que en un principio se dirigían contra ellos, con declaración de las costas de oficio. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días de la notificación, recurso que habrá de presentarse por escrito, con expresión de los requisitos contemplados en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y que se sustanciará ante la Iltma. Audiencia Provincial. Publíquese. Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, dejando testimonio en los autos.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevara testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de sentencia a Mohamed Fadel El Kaddiri, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Córdoba, expido la presente

En Córdoba a 29 de abril de 2010.-El Secretario, Enrique de Juan López.

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