Boletín nº 101 (01-06-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 5.119/2010
Dª Victoria A. Alférez de La Rosa, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 110/2008 a instancia de la parte actora D/Dª Mutua de Ceuta-Smat, M.A.T.E.P.S.S. Nº 115 contra, Grupo Empresarial San Gregorio del Sur S.L., OCS Proyectos del Sur 2001 S.L., Gocsur 2001 S.L. y Gregorio Romero Navarro sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 22/04/08 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Declarar al ejecutado OCS Proyectos del Sur 2001 S.L. con CIF. núm. B-14595573, Gocsur 2001 S.L con CIF núm. B-14603153, Grupo Empresarial San Gregorio del Sur S.L., y Gregorio Romero Navarro en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 16.186,77 euros de principal más 2.832,68 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº 4211 1445 0000 64 0110 08, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.
De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, en la redacción dada por la ley 22/2003 de 9 de Julio, Concursal, remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Antonio Barba Mora, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO/JUEZ EL/LA SECRETARIO/A
Y para que sirva de notificación al demandado Grupo Empresarial San Gregorio del Sur S.L., Ocs Proyectos del Sur 2001 S.L., Gocsur 2001 S.L. y Gregorio Romero Navarro actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 5 de mayo de 2010.-La Secretaria Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa.