Boletín nº 102 (02-06-2010)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba
Delegación de Medio Ambiente y Promoción Agropecuaria

Nº. 5.055/2010

Por Decreto del Iltmo. Sr. Presidente de fecha 19 de abril de 2010 se ha resuelto aprobar las bases que han de regir la convocatoria de subvenciones Pymes por el Medio Ambiente: PYMA10 por importe de 40.000 €. A dicha convocatoria le es de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de subvenciones y la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba. De conformidad con la resolución adoptada se procede a la publicación de la convocatoria que ha sido igualmente aprobada por el citado Decreto, mediante el presente anuncio. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincial (B.O.P.)

DECIMOTERCERA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PYMES POR EL MEDIO AMBIENTE: PYMA10"

La incorporación de la variable ambiental en la gestión de las pequeñas y medianas empresas de la provincia de Córdoba se considera fundamental desde el Plan Provincial de Desarrollo Sostenible 2007-2011 de la Diputación de Córdoba, para la mejora de la competitividad de éstas. En este sentido se crea el proyecto "PYMA", que constituye un incentivo económico para las actuaciones empresariales que mejor demuestren en la integración del principio de mejora ambiental continua en su gestión.

La convocatoria y concesión de estas subvenciones, se realiza de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones y la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, aprobada por acuerdo plenario de 20 de diciembre de 2006 y publicada en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia nº 45 de 14 de marzo de 2007 (Ordenanza General, en lo sucesivo).

La concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, quedando sometida a las siguientes bases.

PRIMERA. Objeto y Cuantía.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de cinco ayudas de 8.000 euros (ocho mil euros) a Pequeñas y Medianas Empresas de la provincia de Córdoba de cualquier sector que incorporen en su gestión las variables ambientales y de sostenibilidad como garantía de competitividad.

Las ayudas tendrán carácter de subvención y se financiarán con cargo a los presupuestos de la Delegación de Medio Ambiente y Promoción Agropecuaria de la Diputación de Córdoba (aplicación presupuestaria 340.1720.479.00 del vigente presupuesto).

Las ayudas programadas pretenden incentivar la integración de mejora medioambiental continua en la gestión empresarial, referido a actuaciones planificadas o en curso, que tengan comienzo o se desarrollen en el mismo año de la convocatoria.

Las ayudas, así mismo, pretenden incentivar el desarrollo de proyectos ambientales concretos dentro de las empresas, y no la creación o constitución de nuevas empresas.

Las ayudas serán destinadas a financiar programas, proyectos y/o actividades que deben estar relacionados con alguna de las materias incluidas en las siguientes categorías:

Categoría A:

Corrección y minimización de productos residuales y vertidos. (Ejemplo: Actuaciones de tratamiento de residuos derivados de la fabricación, reciclaje de residuos, incorporación de mejor tecnología disponible para corrección y minimización de residuos y vertidos).

Categoría B:

Corrección y minimización de emisiones atmosféricas, ruidos y vibraciones. (Ejemplo: Actuaciones de incorporación de mejor tecnología disponible para corrección y minimización de emisiones, instalación de medidas para minimizar la producción y efectos de ruidos y vibraciones, tanto laborales como sus efectos externos ).

Categoría C:

Uso racional de materias primas. (Ejemplo: Incorporación de un plan de consumo sostenible en la empresa, actuaciones para la optimización de materiales, sustitución de materias primas por otras más sostenibles).

Categoría D:

Actuaciones en ahorro y eficiencia energética. (Ejemplo: Desarrollo de un plan de ahorro y eficiencia energética, empleo de tecnología eficiente en el consumo energético o mejor tecnología disponible para reducir el uso de energía).

Categoría E:

Implantación de sistemas que impliquen una mejora en la gestión medioambiental. (Ejemplo: Implantación de un Sistema de Gestión Ambiental, Sistema Integrado de Gestión de la Calidad y Medio Ambiente o de Calidad Total; realización de Auditorias Ambientales, etc.)

El grupo de trabajo de valoración de las solicitudes podrá modificar la categoría asignada por el solicitante al proyecto presentado, cuando motivadamente considere que no se incluye en la misma.

SEGUNDA. Beneficiarios y requisitos de las empresas solicitantes.

Las ayudas que regula la presente convocatoria se destinarán a Pequeñas y Medianas Empresas de la provincia de Córdoba, exceptuando fundaciones, pertenecientes a cualquier sector de actividad, entendiéndose por Pequeña y Mediana Empresa (PYME), según Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, "la unidad económica con personalidad, física o jurídica, que en el momento de la solicitud reúna los siguientes requisitos:

  • Que empleen a menos de 250 trabajadores/as.

  • Que tengan un volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros o bien un balance general no superior a 43 millones de euros.

  • Que no esté participada en un 25% o más de su capital o de sus derechos de voto por otras que no reúnan los requisitos anteriores, salvo que sean sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo, o inversiones institucionales, siempre que éstos no ejerzan, individual o conjuntamente, ningún control sobre la empresa."

Podrán solicitar la ayuda los/las titulares o representantes de Pequeñas y Medianas Empresas privadas cordobesas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas a la fecha de la presentación de la solicitud.

  • Tener domicilio fiscal en la provincia de Córdoba y realizar la mayor parte de su actividad en el ámbito provincial.

  • Que los programas, proyectos y actividades que presenten, deberán iniciarse o estar en curso en el año de la convocatoria de las ayudas.

  • Que los programas, proyectos y actividades que presenten no sean objeto de cumplimiento legal por aplicación de normativa sectorial.

  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Diputación y no tener pendiente de justificación, subvenciones recibidas con anterioridad.

Además de los requisitos anteriores, los solicitantes han de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiarios fijados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones y art. 4 de la Ordenanza General, no pudiendo obtener tal condición quienes incurran en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

  • Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

  • Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

  • Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1195, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

  • No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o fren

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