Boletín nº 105 (07-06-2010)

I. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
Unidad de Recaudación Ejecutiva Número 4
Pozoblanco (Córdoba)

Nº. 5.319/2010

Dª. Mª Carmen Calderón Calderón , jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social nº 14/04, sita en la Ronda de los Muñoces, 43, 14400 - Pozoblanco. Hago Saber:

Que en el expediente administrativo de apremio número 14040700190702 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra Persianas y Aluminios Elimar de Espiel, por deudas a la Seguridad Social, cuyo último domicilio conocido fue en Polígono el Caño, 5.- 14220 ESPIEL, se procedió a la valoración de bienes inmuebles embargados que al final se transcribe.

Hallándose el deudor en paradero ignorado o no habiendo podido ser notificado por encontrarse ausente tras dos intentos fallidos de notificación, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el correspondiente Diario Oficial, en cumplimiento de lo que establece el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) y los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Lo que se hace público a efecto de que sirva de notificación al deudor.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Unidad, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia o Comunidad Autónoma y en el Ayuntamiento correspondientes para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. Del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. Del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Pozoblanco, a 13 de mayo de 2010.- La Recaudadora Ejecutiva, Mª Carmen Calderón Calderón.-

Nombre: Persianas y Aluminios Elimar de Espiel.-/Domicilio: c/ Polígono el Caño, 5.- 14220 Espiel.-

Tipo/Identificador.: 10 14107487717 / Régimen: 0111/Numero expediente..: 14 04 07 00190702/NIF: 0B14691620.-

Nº Documento: 14 04 503 10 002386373

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS

Notificadas al deudor de referencia las providencias de apremio por Los débitos perseguidos, cuyo importe más abajo se indica, sin haberlas satisfecho, y habiéndose procedido con fecha 15.12.08 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en RELACIÓN adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

IMPORTE DEUDA: Principal: Recargo: Intereses: Costas devengadas: Costas e intereses presupuestados:

3.673,52; 734,70; 523,18; 421,21;

Total Deuda: 5.352,61

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior al quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. del 25).

Y para que sirva de Notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme lo dispuesto en el art. 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el art. 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el art. 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS

Datos Finca Urbana Nº 02:

DESCRIPCIÓN FINCA:

Nave Industrial de 318,92 M2 en Polig. El Caño I de Espiel.-

Tipo Vía: PG Nombre Vía: El Caño I Nº Vía:

Escalera: Piso: Puerta: Cod. Postal: 14220 Cod-Muni: 14026

DATOS REGISTRO

Nº Reg: 14007 Nº Tomo: 0724 Nº Libro. 0114 Nº Folio: 0048 Nº Finca: 008526

Importe de la Tasación: ............................... 69.458,96 €

DESCRIPCIÓN AMPLIADA

Urbana: entidad numero seis: nave industrial que ocupa una superficie construida de 318 metros y 92 decímetros cuadrados, sita en Espiel, en el Polígono Industrial El Caño I, con acceso por calle de nueva creación, marcada e el plano con la letra c, sin numero de gobierno. Linda: desde la calle de acceso a la misma, por la derecha entrando, con la entidad numero cinco, izquierda, con la entidad numero siete, y por el fondo con Multibarrera, S.L.. Titulares: Persianas y Aluminios Elimar de Espiel, 100% del pleno dominio por titulo de compraventa.-

Córdoba, a 26 de Enero de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, Mª Carmen Calderón Calderón.-

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