Boletín nº 106 (08-06-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 5.405/2010

D/Dª Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 108/2010 a instancia de la parte actora D/Dª. Encarnación Gálvez Gálvez contra Francisco Muñoz Álvarez de Sotomayor sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 04/01/2010 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por Dª. Encarnación Gálvez Gálvez, representada por la Abogada Sra. Saldaña Rivas, contra la empresa Francisco Muñoz Álvarez de Sotomayor, sobre despido disciplinario, debo declarar y declaro improcedente el despido de la demandante producido con efectos de 25 de septiembre de 2009, y declarando extinguido su contrato de trabajo con efectos de la fecha de la presente sentencia al no ser posible su readmisión, condeno a la empresa demandada a que abone al actos las siguientes cantidades: 52.445,10 € en concepto de indemnización por despido y 5.748, 22 € por salarios de tramitación, condenando igualmente a la demandada a que mantenga en alta en la Seguridad Social al actor durante el periodo correspondiente a los salarios de tramitación (desde el despido hasta la presente sentencia).

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede interponerse recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que deberán anunciar por escrito o por simple comparecencia ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación; advirtiendo a la empresa demandada de que se pretende recurrir deberá consignar el importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tienen abierta en la entidad Banesto, oficina de Avda. Conde de Vallellano nº 17 de Córdoba, con el nº 1446/0000/65/ (nº de expediente con 4 dígitos) y año (con dígitos); o bien formalizar aval bancario por la indicada suma, así como la cantidad de 150,25 € en concepto de depósito para recurrir.

Así por esta mi sentencia, cuyo original se archivará en el libro de sentencias de este Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Francisco Muñoz Álvarez de Sotomayor actualmente en paradero desconocido, expido el presenten para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 3 de mayo de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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