Boletín nº 106 (08-06-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 5
Córdoba
Nº. 5.406/2010
D. Dña. Diego Díaz Delgado Secretario del Juzgado de Instrucción Número 5 de Córdoba doy fe y testimonio:
Que en el juicio de faltas rápido 9/10 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En córdoba, a 22-2-2010.
D. Antonio Rodríguez Moyano, Magistrado-Juez de Instrucción número cinco de los de esta Capital y de su partido judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas rápido 9/10, seguida por una falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por Jacobo Ortiz Segovia, contra Mariana Buca;
FALLO
Que debo condenar y condeno a Mariana Buca como autora de la falta de hurto en grado de tentativo prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de un mes multa a razón de 4 Euros cuota día multa hace un total de 120 Euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice al Legal Representante de Hipermercado Eroski en 42.79 Euros, importe de los productos, cantidad que devengará interés previsto en el artículo 576.1 de la L.E. Civil) y pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el Art. 221 de la L.E.Cr., autorizado con la firma de Letrado, ante este Juzgado y dentro del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firme y ejecutoria.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de sentencia a Mariana Buca, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Córdoba, expido la presente
En Córdoba, a 13 de mayo de 2010.- El/La Secretario, Diego Díaz Delgado.