Boletín nº 107 (09-06-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Carcabuey

Nº. 5.110/2010

Conforme determina el artículo 17.4. del Real Decreto Legislativo 2/2.004 por el que se aprueba el TRLRHL, el acuerdo provisional de aprobación de la Ordenanza reguladora de la prestación compensatoria en suelo no urbanizable, elevado automáticamente a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el período de exposición pública, se procede a la publicación de las modificaciones que se concretan en lo siguiente:

  • La prestación compensatoria se establece en el 10% del importe total de la inversión para su efectiva implantación, excluida la maquinaria y equipos.

  • Deducciones:

    • 40% industrias de transformación productos sector primario, sector servicios (turismo).

    • 50% para las industrias o actividades que no puedan implantarse en suelo urbano o urbanizable.

    • 30% en el supuesto de que se requiera calificación ambiental.

    • Las deducciones no son acumulables.

De conformidad con lo que fija el artículo 19 del cuerpo legal citado, los interesados podrán si lo desean, interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Carcabuey, 7 de mayo de 2010.- El Alcalde, Rafael Sicilia Luque.

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