Boletín nº 107 (09-06-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Carcabuey
Nº. 5.110/2010
Conforme determina el artículo 17.4. del Real Decreto Legislativo 2/2.004 por el que se aprueba el TRLRHL, el acuerdo provisional de aprobación de la Ordenanza reguladora de la prestación compensatoria en suelo no urbanizable, elevado automáticamente a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el período de exposición pública, se procede a la publicación de las modificaciones que se concretan en lo siguiente:
-
La prestación compensatoria se establece en el 10% del importe total de la inversión para su efectiva implantación, excluida la maquinaria y equipos.
-
Deducciones:
-
40% industrias de transformación productos sector primario, sector servicios (turismo).
-
50% para las industrias o actividades que no puedan implantarse en suelo urbano o urbanizable.
-
30% en el supuesto de que se requiera calificación ambiental.
-
Las deducciones no son acumulables.
-
De conformidad con lo que fija el artículo 19 del cuerpo legal citado, los interesados podrán si lo desean, interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Carcabuey, 7 de mayo de 2010.- El Alcalde, Rafael Sicilia Luque.