Boletín nº 113 (17-06-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Jaén

Nº. 5.821/2010

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Jaén, hace saber:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 111/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de María Isabel Ramírez Bergara contra Honos Formación, SL, en la que con fecha 26/05/10 se ha dictado Auto cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Único.- Se decreta el embargo de la finca de la Carlota Nº 14711. Urbana.- Número Tres.- Nave Nº Tres, para uso industrial, sita en el modulo uno, con entrada por la calle Prolongación Ingeniero Juan de la Cierva, en la parcela 8-9, en el Primer Departamento Rural de la Carlota, en el polígono Gallardo, en cuantía suficiente a cubrir la suma reclamada de 4.412,84 euros, en concepto de principal, más la de 441,12 euros de intereses legales del 10% anual, más 450 euros presupuestados provisionalmente para intereses legales y costas.

Notifíquese el débito y embargo al apremiado y a su esposa, en el domicilio conyugal, a fin de que en término de seis días, pueda alegar ésta lo que a su derecho convenga, requiriéndose al demandado dicho para que en el término de seis días, presente en la secretaría de este Juzgado los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, todo ello de acuerdo con lo que determina la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil para estos casos, y requiérasele en el mismo plazo para que indique nombres y apellidos de las personas que ostenten derechos de cualquier índole sobre el/los bien/es embargado/s, con apercibimiento en caso contrario de entender manifiesta la inexistencia de dichos terceros o del indicado carácter (arts. 1362, 1365, 1366 y 1370 del CC, arts. 91 y 144 RH y 1320 CC) y estando obligado a manifestar, con iguales apercibimientos, y en su caso, la parte pendiente de pago (Art. 256 LPL)

Requiérase a la parte actora por término de seis días a fin de que aporte las circunstancias personales de los demandantes y cónyuges, para poder confeccionar el correspondiente mandamiento de anotación.

Notifíquese este Auto a las partes haciéndoles saber que cabe recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto nº 2046-0000-3-011110, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo Concepto que se trate de un recurso seguido del código 31 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social nº &indique nº de juzgado& de & indique ciudad&, y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código 30 y Social-Reposición.

Así lo acuerdo y firmo el Sr./Sra. D./Dña. José Ramón rubia Martínez Secretario del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén. Doy fe.

El/La Secretario/a

Y para que sirva de notificación en forma a Honos Formación, SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

Córdoba, a 26 de mayo de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad