Boletín nº 114 (18-06-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba
Dirección General de Comercio y Transportes

Nº. 5.341/2010

Por el presente, se da cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC), de 26 de noviembre, modificada por Ley nº 4/1999, de 13 de Enero.

Se comunica al interesado D. Miguel Jiménez Rejano , que no ha sido posible notificarle personalmente el requerimiento en C/ Maestro Don Maldonado, 8 de 14530 de Montemayor (Córdoba), el siguiente requerimiento: El día 29 de enero del corriente, finalizó el plazo para la renovación de su/s licencia/s para el año 2010, según el Artículo 14.2 de la vigente Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante en Córdoba (O.M.C.A.) cumpliendo así, con lo establecido en el Artículo 11 de la O.M.C.A. A tal fin, se le concede un plazo de 10 días para que se persone por esta Unidad de Venta Ambulante para proceder con la renovación de su/s licencia/s para 2010.

En caso de contrario y transcurrido dicho período sin aportar dicha documentación, se incoaría expediente administrativo de revocación de licencia/s".

En consecuencia, una vez transcurrido el plazo expresado desde la publicación del presente edicto sin que el interesado haya personado por la Unidad de Venta Ambulante, para proceder con a la aportación de documentación, se entenderá que el mismo, desiste a tal renovación y se iniciaría expediente administrativo de revocación de sus licencias, con la consiguiente pérdida de las mismas.

En Córdoba, 23 de febrero de 2010.- La Concejala Delegada de comercio y Transportes, Mª Ángeles Luna Morales.

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